ALVARO JAVIER MONSALVE GONZALEZ CON 4° JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL
Rol
Fecha
2 de agosto de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
CH DE FALLO
Hechos
Vistos Primero: Que el abogado Alvaro Javier Monsalve González, en representación del demandante en autos C-3345-2021 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de fecha catorce de julio del año en curso, mediante la cual se concedió el recurso de apelación subsidiario que interpuso el demandado en contra de la resolución del día cinco del mismo mes y mediante la cual, se rechazó el incidente de entorpecimiento que promovió. Plantea que la resolución apelada, es una sentencia interlocutoria y por ello, es procedente el recurso de apelación interpuesto de forma directa y subsidiariamente. Segundo: Que dada la naturaleza jurídica de la resolución apelada, es procedente el recurso de apelación en su contra y ello no se ve limitado por la interposición del mismo de manera subsidiaria. Y visto además lo dispuesto en los artículos 181, 188 y 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho y por ende se declara admisible el recurso de apelación subsidiario del escrito de fecha once de julio del año en curso. Déjese copia de esta resolución en los autos Rol N°1119-2022 CIV de esta Corte. Al otrosí: Se tiene presente la calidad de patrocinante. Al escrito presentado por el apelante: Estese a lo resuelto precedentemente. Rol N° 1188-2022 CIV
Fallo
se declara admisible el recurso de apelación subsidiario del escrito de fecha once de julio del año en curso. Déjese copia de esta resolución en los autos Rol N°1119-2022 CIV de esta Corte. Al otrosí: Se tiene presente la calidad de patrocinante. Al escrito presentado por el apelante: Estese a lo resuelto precedentemente. Rol N° 1188-2022 CIV
Texto Completo (Preview)
CH (kce) San Miguel, dos de agosto de dos mil veintidós. Vistos Primero: Que el abogado Alvaro Javier Monsalve González, en representación del demandante en autos C-3345-2021 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de fecha catorce de julio del año en curso, mediante la cual se concedió el recurso de apelación subsidiario que interpuso el d
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