2º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

INMOBILIARIA RENACER S.A./EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA RUCAHUE S.A.

Rol

Fecha

2 de agosto de 2022

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, de 5 de agosto de 2021, dictada en causa Rol C-1375-2018 del Segundo Juzgado de Letras de Talca, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos décimo, undécimo, duodécimo y décimo cuarto, que se eliminan. Y SE TIENE, EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que, como se consignara en el reproducido fundamento octavo de la sentencia en alzada, mediante sentencia de reemplazo de 6 de abril de 2021, dictada por la Excma. Corte Suprema, en causa Rol 15.026-2020, se resolvió “se revoca, en lo apelado, la sentencia de fecha treinta uno de mayo del año dos mil diecinueve dictada por el 2° Juzgado de Letras de Talca en la causa rol N°1375-18, y en su lugar

Fallo

se declara que se rechaza también la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, debiendo la demandada Empresa Constructora e Inmobiliaria Rucahue S.A. suscribir la escritura pública de retroventa en los términos pactados en la escritura de 6 de abril de 2011, transfiriendo a favor de Inmobiliaria Renacer S.A. el inmueble denominado Parcela N°3 del Fundo Monte Baeza de la comuna de Talca, dentro de décimo día contado desde que la presente sentencia quede ejecutoriada, bajo apercibimiento que si así no lo hiciere, el contrato de retroventa será suscrito por el juez de la causa en su representación”. Cabe agregar a lo anterior, que en la audiencia del día de 3 de agosto de 2020 se procedió a la vista del recurso de casación en que incide la causa Rol 15.026-2020 de la Excma. Corte Suprema, quedando en estado de acuerdo. Además, es un hecho establecido en autos que mediante escritura pública otorgada en la Notaría de Talca de doña Angelita Hormazabal Alegría, el día 28 de enero de 2021, la Empresa Constructora e Inmobiliaria Rucahue S.A., vendió, cedió y transfirió el inmueble denominado Parcela N°3 del Fundo Monte Baeza de la comuna de Talca, a la Sociedad Inmobiliaria Ferval SpA., la que adquirió para sí, encontrándose inscrita la propiedad a nombre de Inmobiliaria Ferval SpA, a fojas 1303 número 1276, correspondiente al año 2021, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Por último, también se acreditó en esta causa que la pa

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Talca, dos de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, de 5 de agosto de 2021, dictada en causa Rol C-1375-2018 del Segundo Juzgado de Letras de Talca, con excepción de sus fundamentos décimo, undécimo, duodécimo y décimo cuarto, que se eliminan. Y SE TIENE, EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que, como se consignara en el reproducido fundamento octav

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