1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

ESCALANTE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO

Rol

Fecha

2 de agosto de 2022

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En causa R.I.T. O-81-2021, con fecha diez de mayo del presente año, se dictó sentencia definitiva por la Jueza titular del Primer Juzgado de Letras de San Antonio, doña Paloma Fernández Fernández, que acogió la demanda interpuesta por don Alexis Antonio Escalante Torres en contra de la I. Municipalidad de esa ciudad, y declaró la existencia de una relación laboral entre las partes, desde el 1 de agosto de 2007 al 30 de septiembre de 2021. Accedió, también, a la demanda por despido injustificado y condenó a la demandada al pago de las sumas de dinero por los conceptos que señala. Hizo lugar, parcialmente, a la excepción de prescripción deducida respecto de los feriados legales y proporcionales que se hayan hecho exigibles con anterioridad al día 6 de diciembre de 2019, rechazándola en lo demás. Acogió, asimismo, la demanda de cobro de prestaciones, ordenando el pago de aquellas que refiere y, por último, rechazó la demanda de nulidad de despido, disponiendo que deberá practicarse liquidación, en su oportunidad, de las sumas ordenadas pagar, con arreglo a lo que dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo, debiendo considerarse las sumas ya consignadas en los autos, sin costas por haber tenido la demandada

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. En contra de dicha sentencia, don Pedro Ignacio Peña Sánchez, abogado, por la parte demandante, deduce recurso de nulidad, fundado en la causal prevista en el artículo 477 del señalado cuerpo legal. Solicita que se anule la sentencia parcialmente y acto seguido, se dicte la correspondiente de reemplazo, que –además-, condene a la nulidad del despido, dando así lugar a la demanda en todas sus partes, con costas. También interpone recurso de nulidad doña Karla Vásquez Quijada, por la parte demandada, invocando –una en subsidio de la otra-, las causales de los artículos 477, inciso primero, segunda parte, y 478 letra b) del Código del Trabajo. Pide que se acoja el recurso y se proceda a dictar sentencia de reemplazo, que revoque la de primera instancia, declarando que entre las partes existió una relación de carácter civil y no laboral, y que consecuencialmente, no se condene a la I. Municipalidad de San Antonio al pago de ninguna de las prestaciones que el

Fallo

fallo señala, con costas. CONSIDERANDO: En cuanto al recurso de nulidad de la parte demandante. 1°) Que el recurrente –luego de referirse a los antecedentes del juicio, donde alude a la demanda, la contestación, los hechos que fueron fijados a probar y la parte resolutiva de la sentencia-, procede a reproducir, de manera parcial, el considerando vigésimo octavo del fallo, y la decisión del tribunal respecto de la acción de nulidad de despido. Invoca, en seguida, la causal de nulidad antes mencionada, dice que el Código del Trabajo no define qué se entiende por infracción de ley y cita al efecto a cierto autor. Manifiesta que se han vulnerado los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo 162 de dicho texto legal, en cuanto a la sanción de nulidad del despido, por interpretación errónea. Expresa que es un hecho sentado que en la instancia se declaró la relación laboral entre el demandante y la I. Municipalidad de San Antonio, desglosando el tribunal todo el razonamiento conducente a tal declaración, pero no obstante, para efectos de la nulidad del despido, donde se verifica la infracción de ley denunciada, estimó que la norma en cuestión no debe aplicarse por considerar que la demandada operó bajo el entendido de encontrarse bajo una presunción de legalidad. Vuelve a transcribir –otra vez parcialmente-, el considerando vigésimo octavo, y afirma que resulta paradojal que, por un lado, en los considerandos previos, se reconocen todos los efectos jurídicos de la declaración de

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Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintidós. VISTO: En causa R.I.T. O-81-2021, con fecha diez de mayo del presente año, se dictó sentencia definitiva por la Jueza titular del Primer Juzgado de Letras de San Antonio, doña Paloma Fernández Fernández, que acogió la demanda interpuesta por don Alexis Antonio Escalante Torres en contra de la I. Municipalidad de esa ciudad, y

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