JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

VERDUGO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

2 de agosto de 2022

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En causa R.I.T. O-645-2021, don Pedro Ignacio Peña Sánchez, abogado, por la parte demandante –don Carlos Jorge Verdugo Podlech-, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha ocho de junio de dos mil veintidós, dictada por la Jueza titular del Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, doña Ximena Adriana Cárcamo Zamora, que rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas por haber tenido el actor

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Funda el recurso en las causales previstas en los artículos 478 letra e)-, 478 letra b) y 477, todos del Código del Trabajo, interponiéndolas de manera subsidiaria. Solicita que se anule la sentencia y se dicte la correspondiente de reemplazo, que acoja íntegramente la demanda de autos, con costas. CONSIDERANDO: 1°) Que el recurrente, luego de hacer referencia a los antecedentes del juicio –aludiendo a la demanda, la contestación, los hechos a probar, la prueba rendida por las partes y reproducir los considerandos duodécimo a decimosexto, más la parte resolutiva de la sentencia-, interpone como primera causal de nulidad la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4 del mismo texto legal. Transcribe las normas citadas y expone que el

Fallo

fallo copia la prueba rendida por ambas partes, pero no considera su contenido ni hace referencia a un análisis cabal de su contenido, en especial la prueba documental y testimonial de la demandada. Cita a cierto autor y determinada jurisprudencia, en relación con el concepto de “Análisis de toda la prueba rendida”. En seguida, reproduce el fundamento sexto de la sentencia -donde se menciona la prueba rendida en juicio-, y manifiesta que aquella “carece de los elementos necesarios tendientes a analizar y fundamentar toda la prueba rendida, no señalando las razones que conducen a la conclusión arribada, razón por la cual se hace necesario establecer cuáles fueron los medios probatorios desatendidos por el sentenciador.” (Sic). Agrega que en los considerandos noveno y undécimo se “afirma que no existe ningún antecedente que permita acreditar un índice de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo por parte del demandante respecto de la I. Municipalidad de Viña del Mar. Sin embargo, ello no es efectivo, pues en cada uno de los Contratos y/o convenios suscritos entre el actor y la demandada, que fueran exhibidos por la contraria, es posible apreciar elementos propios de un vínculo de subordinación y dependencia que dan cuenta que hubo un exceso en la contratación del demandante, y lo cual fue omitido por el tribunal en su sentencia. (Sic). Expresa que en la cláusula primera de cada uno de los contratos suscritos, es posible observar abundant

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintidós. VISTO: En causa R.I.T. O-645-2021, don Pedro Ignacio Peña Sánchez, abogado, por la parte demandante –don Carlos Jorge Verdugo Podlech-, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha ocho de junio de dos mil veintidós, dictada por la Jueza titular del Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, doña

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