JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA

SINDICATO DE PLANTA DIRECTIVA PROFESIONAL Y PLANTA DE EJECUTIVOS DE COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO/COMPAÑIA MINERA DEL PACIFICO (CMP)

Rol

Fecha

1 de agosto de 2022

Materia

OTRAS MATERIAS SINDICALES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Que en estos antecedentes sobre demanda declarativa de mera certeza, Rol 145-2022 de esta Corte De Apelaciones y Rit O-654-2021, caratulado “SINDICATO DE PLANTA DIRECTIVA PROFESIONAL Y PLANTA DE EJECUTIVOS DE COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO/ COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO (CMP)”, del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, comparece don Diego Lizama Castro, abogado, en representación de la parte demandada COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A., interponiendo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 23 de abril de 2022, dictada por el juez (S) don Alonso Escares Sepúlveda, que resolvió acoger la demanda declarativa de mera certeza, interpretando el contrato colectivo suscrito entre ambas partes, en el sentido que las tres Becas de Excelencia Académica establecidas en el inciso final de la cláusula vigésimo séptima, deberán ser adjudicadas únicamente a hijos de socios del Sindicato contratante, y que para hacer aplicable la cláusula cuadragésima, en relación a dicho beneficio, respecto de trabajadores no sindicalizados a que se haga extensivo el contrato colectivo de trabajo, deberá la Compañía Minera del Pacífico S.A. entregar becas adicionales a las tres señaladas, en iguales términos a los pactados con el Sindicato, en la cantidad que aquella estime pertinente, con un máximo de tres becas adicionales, eximiendo a la demandada del pago de las costas. Funda su recurso en las siguientes causales de nulidad, deducidas de manera subsidiaria: Como primera causal de nulidad, invoca la del artículo 478 letra b), esto es, cuando la sentencia se hubiere pronunciado con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las normas de la sana crítica. En subsidio de la causal anterior, se declare que la sentencia pronunciada por el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena es nula por incurrir en la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, referente a infracción sustancial de ley al momento de dictar sen

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en relación a la primera causal argumenta que el sentenciador ha infringido las reglas de la lógica, acusando la infracción al principio de derivación y de razón suficiente, por cuanto en el

Fallo

fallo realiza aseveraciones que solamente se pueden explicar “porque sí”. Explica que el juez afirma que la interpretación que efectúa la compañía de la cláusula vigésimo séptima del contrato colectivo, produce un perjuicio a la organización sindical, omitiendo sin embargo, que su interpretación judicial tiene igualmente consecuencias perniciosas para el Sindicato. En tal sentido, argumenta que la interpretación efectuada por el sentenciador, tendría consecuencias desfavorables para el sindicato, ya que el número de trabajadores objeto de una extensión de beneficios, evidentemente que es menor que los trabajadores sindicalizados. Ello tendría como consecuencia, que los trabajadores no sindicalizados tendrían mayores posibilidades de acceder a estas becas siendo, evidentemente, una interpretación que no favorece al Sindicato; con lo cual, la interpretación efectuada por el tribunal, desincentivaría al trabajador de pertenecer a la organización sindical. De tal manera, señala que la aseveración de que la interpretación de la compañía es una interpretación perjudicial para el Sindicato no se asienta en la realidad, solamente pudiendo explicarse “porque sí”. Luego, señala que el juez en la respectiva resolución, también afirma que existe otro beneficio, esto es, el de beca de postgrado PDP, que permitiría reforzar su conclusión, pues se otorgaría exclusivamente a tres miembros del Sindicato. Sin embargo, señala que tal aseveración es ilógica, ya que ambos estipendios son establ

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Sindicato de Planta Directiva Profesional y Planta de Ejecutivos de Compañía Minera del Pacifico Compañía Monera del Pacifico Otras materias sindicales Rol N° 145-2022 (O-654-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena). La Serena, uno de agosto de dos mil veintidós. VISTO: Que en estos antecedentes sobre demanda declarativa de mera certeza, Rol 145-2022 de esta Corte De Apelaciones y Ri

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