ANONIMIZADO
Rol
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de nueve de mayo de dos mil veintidós, inserta en la carpeta virtual Rit X-12-2021 del Juzgado de Familia de Cauquenes, sin costas del recurso. Sin perjuicio de lo resuelto, de conformidad a lo establecido en la Convención de los derechos del Niño y en el artículo 16 de la Ley 19.968, el juez de la causa oirá a los niños, fijando la audiencia respectiva, a la brevedad, dando cuenta de ello a esta Corte. Devuélvase. N°Familia-287-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, uno de agosto de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de nueve de mayo de dos mil veintidós, inserta en la carpeta virtual Rit X-12-2021 del Juzgado de Familia de Cauquenes, sin costas del recurso. Sin perjui
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