UNIVERSIDAD DE CHILE/VALDIVIA (LTE)
Rol
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que en la especie el juez de la causa excedió las facultades del artículo 441 en relación al artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, en relación con las normas contenidas en la Ley Nº 19.287 y los artículos 2515 y 2514 del Código Civil, se revoca la resolución apelaciones de ocho de junio de dos mil veintidós, dictada por el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-5159-2022.y, en su lugar se decide que deberá darse curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-9085-2022.
Fallo
se decide que deberá darse curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-9085-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en la especie el juez de la causa excedió las facultades del artículo 441 en relación al artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, en relación con las normas contenidas en la Ley Nº 19.287 y los artículos 2515 y 2514 del Código Civil, se revoca la resolución apelaciones de ocho de junio
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