SALCEDO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiséis de mayo de dos mil veintidós comparece JORGE LENA SALGADO y PABLO IGNACIO GONZALEZ ROJAS, abogados, en favor de JACQUELINE MILAGROS SALCEDO CASTAÑEDA, peruana, interponiendo Acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en la omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de visa de trabajo ingresada por su representada, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880.
Fallo
Por estas consideraciones solicita se ordene al recurrido que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Acompaña copia de cédula de identidad SEGUNDO: Que, atendido el tiempo transcurrido, se prescindió del informe solicitado a la recurrida. TERCERO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción cautelar destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo o providencias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección al afectado ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que prive, perturbe o amenace dicho ejercicio. CUARTO: Que, como se desprende de lo expresado, es requisito indispensable de la acción cautelar de protección, la existencia de un acto u omisión ilegal, esto es, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio que tenga la naturaleza jurídica de aquéllas a que se refiere el artículo 1° del Código Civil, aplicable al caso concreto, en otras palabras, el actuar u omitir es ilegal, cuando fundándose en algún poder jurídico que se detenta, se excede en su ejercicio, de cualquier manera; o bien, arbitrario, es decir, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad in
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Salcedo Castañeda, Jaqueline Milagros Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol Nº 3664-2022.- La Serena, uno de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiséis de mayo de dos mil veintidós comparece JORGE LENA SALGADO y PABLO IGNACIO GONZALEZ ROJAS, abogados, en favor de JACQUELINE MILAGROS SALCEDO CASTAÑEDA, peruana, interponiendo Acción de Pr
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