ANONIMIZADO
Rol
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, MODIFICACION
Resultado
CONFIRMADA SIN COSTAS
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial “el principio de indivisibilidad” que gobierna el modo de extinguir las obligaciones denominado pago del artículo 1591 del Código Civil y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada pronunciada el 20 de mayo de 2022, a folio 160, e inserta en causa RIT del Juzgado de Letras de Molina, sin costas del recurso. Devuélvase. N°Familia-274-2022.
Texto Completo (Preview)
Talca, uno de agosto de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial “el principio de indivisibilidad” que gobierna el modo de extinguir las obligaciones denominado pago del artículo 1591 del Código Civil y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada pronunciada el
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