SIN INFORMACION

VILLAGRÁN CON BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

1 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Con fecha 12 de noviembre de 2021 comparece Aldo Efraín Villagrán Polo, domiciliado en Pasaje N° 9 casa N° 348,Ppoblación Capricornio, comuna de Graneros, deduciendo recurso de protección en contra de Banco del Estado de Chile, empresa autónoma del estado, del giro bancario, Rut 97.030.000-7, representada legalmente por don Juan Cooper Álvarez, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad N° 9.096.866-1, ambos domiciliados, para estos efectos en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, de la ciudad de Santiago. Funda su recurso en que es cliente de la recurrida hace 10 años, utilizando de forma activa todos sus productos financieros, los cuales utiliza para recibir los pagos de su empleador. Menciona que con fecha 14 de octubre de 2021, solicitó la cartola de transacciones de su cuenta Rut y chequera electrónica de forma presencial en el Banco Estado de la comuna de Graneros, ya que no maneja la tecnología, ello porque se percató que me había llegado un correo indicando que se había cargado un crédito de consumo en su cuenta Rut, por un monto de $ 4.228.000, crédito que jamás solicitó por ninguna vía que mantenga el Banco Estado, no siendo sólo un movimiento bancario sin su autorización, sino que también existían transacciones anteriores que comenzaron el día 09 de octubre del 2021 a distintas cuentas por distintos montos. Indica que desde su cuenta rut se realizaron 61 transferencias de fondos, entre los días 9 al 14 de octubre del 2021, las que no fueron autorizados por el recurrente. Agrega que los correos electrónicos que dan cuenta de las transferencias recién pudieron ser vistas con fecha 14 octubre de 2021, por que quienes realizaron las transacciones también bloquearon su teléfono celular, único medio por cual tiene acceso a internet. Dichas transferencias ascienden a una suma total de $8.830.000, realizadas entre los días 09 al 14 de octubre 2021. Indica que no autorizó dichas transacciones, no entregó su clave de coordenadas, ni deleg

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se declara que se acoge el recurso de protección deducido a favor Aldo Efraín Villagrán Polo en contra de Banco del Estado de Chile, disponiéndose que la recurrida deberá restituir a la recurrente la suma correspondiente a las 35 unidades de fomento reembolsables a todo evento, dentro del plazo de 5 días hábiles desde que la sentencia quede ejecutoriada, y procederá a continuación, de la forma dispuesta en el inciso segundo del artículo 5 de la Ley N° 21.234. Acordado lo anterior con el voto en contra de la abogado integrante Sra. Latife, quien en cambio fue de opinión de rechazar el presente recurso atendido que en su opinión éste sobrepasa los fines del mismo, al encontrarse controvertidos los hechos que se denuncian, no existiendo por tanto derechos indubitados a los que prestar la protección que se solicita, los que deberán determinarse a través de la acción correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Ingreso Corte N° 12.666-2021 Protección.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, uno de agosto de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 12 de noviembre de 2021 comparece Aldo Efraín Villagrán Polo, domiciliado en Pasaje N° 9 casa N° 348,Ppoblación Capricornio, comuna de Graneros, deduciendo recurso de protección en contra de Banco del Estado de Chile, empresa autónoma del estado, del giro bancario, Rut 97.030.000-7, representada legalmente por don Juan Cooper Álvarez

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