SIN INFORMACION

VILLALOBOS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

2 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: En folio 1, se interpone recurso de protección en favor de doña Maria Gabriela Villalobos Villalobos, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva, formulada con fecha 05 de junio de 2019, lo que afecta el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 n° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Pide que se ordene al servicio recurrido, que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Se informa por parte del Servicio Nacional de Migraciones que con fecha 13 de octubre de 2021, se dictó Resolución Exenta N° 129675, en el que se rechaza la Residencia Definitiva y se otorga una Visa Temporaria por el plazo de un año. Añade que la recurrente debe descargar su Estampado Electrónico en la página web del Servicio Nacional de Migraciones Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, teniendo en consideración que mediante Resolución Exenta N°129675 de fecha 13 de octubre de 2021, el Servicio Nacional de Migraciones, rechazó el otorgamiento de la visa de residencia definitiva a la actora, el recurso de protección ha perdido oportunidad al haberse emitido ya un pronunciamiento por la autoridad migratoria, sin que exista entonces alguna medida que esta Corte de Apelaciones pueda adoptar pare restablecer el imperio del derecho, al haber desaparecido el supuesto que fundaba este arbi

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de doña Maria Gabriela Villalobos Villalobos, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Notifíquese, comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-126286-2022. En Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se interpone recurso de protección en favor de doña Maria Gabriela Villalobos Villalobos, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva, formulada con fecha 05 de junio de 2019, lo que afecta el principio de

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