DIEGO FLORES FUENZALIDA / BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Rol
Fecha
29 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Álvaro Alejandro Morales Cabezas, abogado, en nombre de Diego Agustín Flores Fuenzalida, empleado, domiciliado en Pasaje Aguaviva Poniente N° 02256, Barrio Plaza Viva, comuna de Puente Alto, quien recurre en contra del Banco del Estado de Chile, por el actuar ilegal y arbitrario que estaría amenazando su garantía fundamental establecida en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República. Refiere ser propietario de la cuenta RUT N°20745995 de la cual se habrían realizado tres transferencias a terceros el día 6 de junio del año en curso, mediante fraude, por un monto de $100.000 mil pesos cada una, y respecto de las cuales desconoce su participación, denunciado al día siguiente las mismas al banco para su reintegro, según registro 16524895. Posterior a esto, el 8 de junio último, la recurrida remite respuesta en la cual rechaza la solicitud de devolución de los montos denunciados, indicando que presuntamente las transferencias se habrían autorizado por intermedio de la “Clave BE”, lo cual le imputa a su persona, eximiéndose totalmente de responsabilidad en estos hechos. Expone que dicho actuar del banco es ilegal y arbitrario, por cuanto desconoce su responsabilidad como depositario de los dineros y el deber de seguridad que sobre dicha entidad pesa al respecto, lo que se encuentra expresamente regulado en la Ley 21.234 que limita la responsabilidad de los titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude, además de la Ley del Consumidor. Solicita se acoja su acción y se ordene al recurrido el cargo a su cuenta de los montos descontados, así como cualquier otra medida que se juzgue necesaria para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa al tenor del recurso Marcelo Davico Ramírez, abogado en representación del Banco del Estado de Chile, solicitando el rechazo de la acción por haber ésta perdido oportunid
Texto Completo (Preview)
Certifico que la Sala se integró extraordinariamente con la Ministra señora Carmen Gloria Escanilla Pérez, en reemplazo de la Ministra señora María Alejandra Pizarro Soto, quien fue llamada a integrar otra Sala, lo que no fue puesto en conocimiento de las partes por no concurrir éstas a alegar en la presente audiencia vía Zoom. Respecto de lo anterior, dejo constancia, además, que el abogado señor
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