JUZGADO DE FAMILIA ANCUD

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

DIVORCIO POR CULPA

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Puerto Montt, veintiocho de julio de dos mil veintidós. Con la cuenta del relator;

Fundamentos

considerando que el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 dispone: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares” y que la resolución que reguló las expensas para la litis -a folio 21 de la carpeta electrónica de primera instancia- no se encuentra dentro de los supuestos que prevé dicha norma; se omite pronunciamiento en estos autos, por ser inadmisible la apelación. Devuélvase. Rol Familia N°240-2022

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Puerto Montt, veintiocho de julio de dos mil veintidós. Con la cuenta del relator; considerando que el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 dispone: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares” y que la resolución que reguló las expensas para

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