TORRES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL CORTE DE APELACIONES CONCEPCION
Rol
Fecha
28 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Compareció la abogada y defensora penal penitenciaria Francisca Vásquez Paredes, domiciliada en calle San Martín N° 230, Oficina 14, Los Ángeles, en representación del condenado Nelson Rodolfo Torres Álvarez, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva de Yumbel, recurriendo de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la Resolución N° 34-2022, de 22 de abril de 2022, la cual rechazó conceder el beneficio de libertad condicional al referido amparado. Señala que su representado cumple actualmente condena por el delito de robo con violencia, de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, más accesorias legales, por sentencia dictada en causa RIT 36-2016, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán. Que de acuerdo a la información entregada por la Sección de Estadística, contenida en la Ficha Única del Condenado, el amparado registra como fecha de inicio de condena el día 24 de noviembre de 2015, cuya fecha de término de la misma estaría fijada para el día 03 de septiembre de 2025, registrando 83 días de abono. Que conforme a lo anterior y según consta de la referida ficha, el tiempo mínimo para optar a libertad condicional ya se habría verificado desde el 03 de mayo de 2022, al cumplir su representado a cabalidad la exigencia de temporalidad requerida por la legislación vigente. Añade que la conducta registrada por el interno para la postulación a libertad condicional de seis bimestres fue calificada como “Muy Buena”. Que en cuanto a los avances en su proceso de reinserción social ha realizado diversas actividades en su estadía en el CCP Biobío, en el transcurso del año 2020, participó de talleres deportivos, polideportivos y de formación para el trabajo y en el año 2021, en talleres de grupos de autoayuda y de habilidades artesanales, aprobó con más del 90% de asistencia, regularizó sus estudios desde el año 2017 al año 2021, siendo aprobado en 3° año medio en la Liceo TP adultos B
Fundamentos
considerando que su representado cumple a cabalidad todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el Decreto Ley 321 y su Reglamento, Gendarmería de Chile lo postuló para optar al beneficio de libertad condicional, sin embargo por resolución N° 34-2022, dictada con fecha 22 de abril de 2022, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la concesión de la misma. Reproduce los fundamentos de dicha resolución e infiere que el amparado continúa privado de libertad, como consecuencia de un acto ilegal y arbitrario, al no considerarse los avances que presenta y establecer exigencias más allá de los parámetros que contempla la ley en la materia. Arguye, asimismo, que existe una clara contravención a lo dispuesto por la Constitución y las leyes, ya que el amparado cumple con los requisitos dispuestos en el Decreto Ley 321 y Decreto Supremo 338, como también se incurre en una falta de fundamentación suficiente de la resolucion recurrida, conforme lo establece la Ley 19.880 y la normativa introducida por la Ley 21.124. Pide que se acoja el presente recurso, en todas sus partes, ordenando como medida para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto la Resolución N° 34-2022, de fecha 22 de abril de 2022 suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual se rechaza la solicitud de libertad condicional de su representado, decretando que le es concedida. Informó en representación de la Comisión de Libertad Condicional, Tania Galgani Ugarte, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Concepción, exponiendo que en sesión realizada desde el 4 al 14 de abril recién pasado, la Comisión que integró, decidió no conceder, por unanimidad, el beneficio de libertad condicional al condenado, en la resolución recurrida N° 34-2022, en los términos señalados en la misma. Indica que para ello se tuvo en cuenta el nuevo escenario jurídico vigente luego de la publicación del Decreto N° 338, del Ministerio de Justicia -el 17 de septiembre de 2020-, que contiene el nuevo Reglamento del Decreto Ley N° 321, de 1925, en cuyo artículo 3 se indican cuáles son los requisitos para postular a la libertad condicional, en consonancia con el artículo 2 del citado Decreto Ley. Finalmente, transcribe, en lo pertinente, la resolución aludida. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de amparo tiene por objeto que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución Política de la República o en las leyes, pueda ocurrir a la magistratura a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Asimismo, puede ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que del tenor del recurso
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en estos autos en favor del condenado Nelson Rodolfo Torres Álvarez. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro titular César Gerardo Panés Ramírez. No firma el abogado integrante señor Mauricio Ortiz Solorza, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por encontrarse a ausente, atendido a motivos profesionales. Rol N° 352-2022 – Amparo.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, jueves veintiocho de julio de dos mil veintidós. VISTO: Compareció la abogada y defensora penal penitenciaria Francisca Vásquez Paredes, domiciliada en calle San Martín N° 230, Oficina 14, Los Ángeles, en representación del condenado Nelson Rodolfo Torres Álvarez, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva de Yumbel, recurriendo de amparo
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