30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

LOPEZ GUAJARDO MIGUEL/ TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Rol

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que para efectos de fijar la cuantía de las costas personales del juicio el tribunal debe considerar la materia de que se trata, la complejidad del asunto, el trabajo profesional desarrollado en defensa de la parte y el tiempo de tramitación del juicio, aspectos o criterios que el sentenciador ha de ponderar únicamente en atención al asunto que las genera. 2°.- Que en el caso de autos, en atención a la acción intentada, duración del procedimiento iniciado el 13 marzo del 2013 y las gestiones llevadas a cabo por la parte demandada, quien obtuvo sentencia en favor de sus intereses, resulta evidente que el monto fijado por tal concepto se aleja de los parámetros antes descritos y por ello es procedente acoger la objeción planteada por la demandada, aumentando su cuantía en los términos que se dirá en lo resolutivo de este fallo. Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el 30° Tribunal Civil de Santiago en la causa Rol C-318-2013, en aquella parte que rechazó la objeción de costas personales y en su lugar se decide que ésta queda acogida y, en consecuencia, se aumenta la cuantía de las costas personales a la suma de $600.000 (quinientos mil pesos). Acordado lo anterior contra el voto en contra de la ministra señora Loreto Gutiérrez, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N°Civil-445-2020.

Fallo

Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el 30° Tribunal Civil de Santiago en la causa Rol C-318-2013, en aquella parte que rechazó la objeción de costas personales y en su lugar se decide que ésta queda acogida y, en consecuencia, se aumenta la cuantía de las costas personales a la suma de $600.000 (quinientos mil pesos). Acordado lo anterior contra el voto en contra de la ministra señora Loreto Gutiérrez, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N°Civil-445-2020.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que, se anunció para alegar, escucha relación y alega revocando el abogado don Pablo Sánchez. Santiago, 28 de julio de 2022. Consuelo Escobar Rivera Relatora C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintidós. Proveyendo al escrito folio 13, a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que para efectos de fijar la cuantía de las costas personales del jui

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