28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BURMESTER/FELIÚ - (LTE)

Rol

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

DEMARCACIÓN, PROCEDIMIENTO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que los documentos acompañados en esta instancia no alteran lo razonado, se confirma la sentencia definitiva de fecha doce de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el 28° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol C-27464-2018. Regístrese y comuníquese. N°Civil-12998-2019. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, el Fiscal Judicial señor Daniel Calvo Flores y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fundamentos

considerando que las causales invocadas para objetar las fotografías acompañadas por el recurrente en el folio 12 no se ajustan a la naturaleza de dichos instrumentos, se rechaza dicha objeción. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que los documentos acompañados en esta instancia no alteran lo razonado, se confirma la sentencia definitiva de fecha doce de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el 28° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol C-27464-2018. Regístrese y comuníquese. N°Civil-12998-2019. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, el Fiscal Judicial señor Daniel Calvo Flores y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 21 y 22: a todo, téngase presente. Proveyendo el escrito folio 23: téngase presente. Resolviendo la objeción documental de folio 17: considerando que las causales invocadas para objetar las fotografías acompañadas por el recurrente en el folio 12 no se ajustan a la naturaleza de dichos instrumentos

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