SIN INFORMACION

PEÑA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 30 de marzo del presente año, comparece Felipe Peña Bañados, abogado, por Jesús Alberto Vargas Moreno, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° 26.386.638-K, domiciliado en avenida Membrillar N° 50 oficina 39, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Funda su recurso, en que el día 7 de junio de 2021 la recurrida admitió a trámite su solicitud de regularización extraordinaria en virtud del artículo 8 transitorio de la ley 21.325, sin embargo, hasta el día de hoy su solicitud no ha tenido respuesta de parte de la autoridad administrativa, a pesar de las múltiples peticiones de respuesta que ha presentado. Añade que la recurrida incurre en una demora al dilatar un procedimiento administrativo que de conformidad con el artículo 27 de la Ley 19880 no debe exceder el plazo de 6 meses, y que por el contrario, se ha convertido en una espera de 9 meses, sin que exista fecha estimada para que se dicte la resolución final, en circunstancias que ha existido un trato desigual para el recurrente, quien desde el 1 de abril de 2021 tiene contrato de trabajo en nuestro país y cotiza desde marzo de 2019 a la fecha. Concluye que se le está dando trato desigual y arbitrario en cuanto a su derecho a ser evaluado su solicitud, ha traído como consecuencia, la violación, a lo menos, de los derechos que les garantiza el Artículo 19 en sus números 2, 16 y 24 de la Constitución Política de la República, de los principios contenidos en la ley 19.880 y pide se resuelva sin mayor dilación y tramitación la solicitud de regularización extraordinaria. Acompañan antecedentes en que se funda la presente acción. Al evacuar el informe de folio N° 5, la recurrida indica que es efectivo que el extranjera recurrente se inscribió en el proceso de regularización migratoria extraordinaria promovido por esa autoridad, el que tiene por objetivo otorgar la opo

Fallo

por tanto, la dilación de la recurrida en el pronunciamiento sobre la antes indicada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra del recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se resuelve, que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Jesús Alberto Vargas Moreno, cédula de identidad N° 26.386.638-K, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en consecuencia, se dispone que éste último deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de regularización migratoria dentro del plazo de noventa días corridos, contados desde que esta sentencia sea notificada por el estado diario. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Abogada integrante Sra. Lutfie Latife Anich, quien estuvo por rech

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua. Rancagua, veintiocho de julio de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 30 de marzo del presente año, comparece Felipe Peña Bañados, abogado, por Jesús Alberto Vargas Moreno, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° 26.386.638-K, domiciliado en avenida Membrillar N° 50 oficina 39, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Mi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica