ÍAS ALEXIS GINS JORQUERA RODRÍGUEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)
Rol
Fecha
27 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Camila Jeraldo Contreras, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de MATÍAS GINS ALEXIS JORQUERA RODRÍGUEZ, cédula de identidad Nº 20.007.068-2, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto ilegal y arbitrario consistente en denegar el otorgamiento del beneficio de libertad condicional al amparado. Sostiene que la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, a través de Resolución N° 171-2022, de fecha 11 de abril de 2022, afecta directamente la libertad personal de su representado, ya que extiende de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad, vulnerando la garantía constitucional establecida en el artículo 19 Nº 7 de la Carta Fundamental. Explica que el amparado cumple una condena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo con retención de víctimas o con lesiones graves. El cumplimiento de condena inició el 05 de mayo de 2019 y su término está fijado para el 05 de mayo de 2025. Así, ya cumplió el tiempo mínimo de condena para acceder al beneficio. Agrega que la conducta de su representado ha sido calificada en los cinco últimos bimestres como “muy buena”, por lo que cumple, asimismo, con lo exigido en el artículo 2 N° 2 del Decreto Ley 321. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, pues el informe de postulación psicosocial de Gendarmería no permite demostrar que, a la época de postulación, el amparado pueda lograr una adecuada reinserción en la sociedad al presentar un mediando riesgo de reincidencia. Hace presente antecedentes que obran en informe social elaborado por la asistente social Wally Portflitt Toro, donde consta que su representado registra participación en talleres, desarrolla actividad laboral de forma independiente hace seis meses, en tallado en madera, y además cursa séptimo y octavo básico en el Liceo Técnico Profesional de Adultos Coresol de la comuna de La Serena. En relación con su tiempo libre, indica que el interno lo ocupa trabajando y estudiando. Asimismo, menciona que el condenado cuenta con una red de apoyo en el medio libre, conformada principalmente por sus padres y su hija de actuales cuatro años de edad, quienes residen en Coquimbo y se configuran como un importante factor protector, manifestando que se encuentran dispuestos a recibirlo y brindarle un lugar donde residir. Añade que el interno rechaza todo tipo de conducta ilícita, toma consciencia del delito y el daño causado a la víctima refiriendo que se encuentra arrepentido, que tomó una muy mala decisión, ya que ésta lo privó de su libertad y de ver crecer a su hija, por lo tanto, reitera que no volvería a cometer dicho acto, para poder restablecer y fortalecer el vínculo con su hija, siendo su principal objetivo reactivarse laboralmente, contando con una oferta de trabajo para desempeñarse
Fallo
Por tanto, pide que se acoja la solicitud y se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándose el beneficio señalado. Acompaña a su recurso: 1. Copia de la resolución N° 171-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional. 4. Informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Wally Portflitt Toro. SEGUNDO: Que evacuó informe doña Eugenia E. Gorichón Gómez, Jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, por sí y en representación de los miembros de la Comisión de Libertad Condicional, quien refiere que se rechazó la solicitud del interno invocando como fundamento que este no reunía los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, debido a que, según el informe de postulación, el amparado presenta un mediano riesgo de reincidencia, sin que evidencie conciencia del delito ni del mal causado ni un rechazo explícito a la comisión de nuevos ilícitos. Dijo que se tuvo presente lo expuesto en el Informe psicosocial suscrito por los profesionales de Gendarmería de Chile, el que, en un análisis global del proceso de reinserción del postulante, señala que el interno debe tener abordaje de factores de riesgo que no han sido intervenidos, por medio de la incorporación a talleres de subprograma psicológico en taller de control emociona
Texto Completo (Preview)
Jorquera Rodriguez, Matías Gins Alexis Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº 304-2022.- La Serena, veintisiete de julio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Camila Jeraldo Contreras, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de MATÍAS GINS ALEXIS JORQUERA RODRÍGUEZ, cédula de identidad Nº 20.007.
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