CEA SANDOVAL RENE/2° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
27 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: Primero: Comparece don Rene Cea Sandoval, abogado, por sí y en su favor, quien interpone acción de amparo en contra del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, por haber incurrido éste en un acto ilegal y arbitrario mediante la resolución dictada con fecha 14 de julio de 2022 en causa de cumplimiento de alimentos RIT C-1426-2009, por la Jueza del citado tribunal, doña Sandra Margarita Bendeck Saba, que decretó la aplicación de la medidas de apremio por no pago de alimentos consistente en arresto nocturno, arraigo y suspensión de su licencia de conducir, lo que vulnera su garantía fundamental de la libertad personal y seguridad individual. Solicita se acoja y en definitiva declarar que la resolución recurrida es ilegal y arbitraria, y en consecuencia de aquello se revoque dicha resolución, y/o dejándola sin efecto o la que esta Corte estime ajustada a derecho, y se dispongan las demás medidas correctivas que se determine conforme a derecho, para reestablecer el imperio del derecho que le ha sido conculcado. Fundando su acción manifiesta que la resolución citada contiene una serie de vicios que habría dado cuenta al tribunal e irregularidades procedimentales cometidas por el juez a quo, toda vez que se le aplicaron medidas de apremio en base a una liquidación de deuda que fue objetada al igual que la anterior que sirvió de base de cálculo para la más reciente, y respecto de las cuales existen recursos de apelación pendientes de vista y fallo por esta Corte, bajo los ingresos N°Familia-469-2022 (acumulado con los Ingresos Corte N°1702-2022 y No2140-2022). Precisa que su objeción a la liquidación se basa en una petición de imputación al pago efectuado por su parte, lo que fue rechazado por el tribunal y apelado. Por lo anterior, es considera que no existe actualmente liquidación de pensiones que se encuentre aprobada, ni tampoco una resolución que se encuentre ejecutoriada al respecto, por lo que a su juicio, no procede la aplicación de medidas de apremio de t
Fallo
fallo por esta Corte, bajo los ingresos N°Familia-469-2022 (acumulado con los Ingresos Corte N°1702-2022 y No2140-2022). Precisa que su objeción a la liquidación se basa en una petición de imputación al pago efectuado por su parte, lo que fue rechazado por el tribunal y apelado. Por lo anterior, es considera que no existe actualmente liquidación de pensiones que se encuentre aprobada, ni tampoco una resolución que se encuentre ejecutoriada al respecto, por lo que a su juicio, no procede la aplicación de medidas de apremio de tan gravosa entidad, más aún que el arresto es la última medida que tiene el juez ante un evidente y reiterado incumplimiento, el cual no sería su caso. Concluye, que no aparece idóneo apremiar con privación de libertad a una persona a objeto de saldar una deuda, que patrimonialmente no puede pagar; ni proporcionado, por ahora, en las condiciones sanitarias en que se encuentra actualmente el país y, especialmente, nuestros establecimientos penitenciarios. Segundo: Informando el recurso, la juez titular doña Sandra Bendeck Saba señala que con fecha 04 de mayo de 2022, se practicó una liquidación de deuda al mes de abril de 2022, ascendente a $5.831.182. Luego, el 06 de mayo pasado, el demandado y recurrente en estos autos repone y apela en forma subsidiaria de la resolución que ordenó practicar la liquidación de la deuda. El 12 de mayo del corriente, el tribunal ordenó poner en conocimiento de la liquidación practicada y tenerla por aprobada si esta no
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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de julio de dos mil veintidós. Visto: Primero: Comparece don Rene Cea Sandoval, abogado, por sí y en su favor, quien interpone acción de amparo en contra del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, por haber incurrido éste en un acto ilegal y arbitrario mediante la resolución dictada con fecha 14 de julio de 2022 en causa de cumplimiento de alimentos RIT C-1
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