GARCIA DE SOLIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
27 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Yury Alexandro Ortiz Nuñez, abogado, quien en representación de Jhelen Jarey Duquye Grillo, colombiana, Jeysi Jhasara Duque Grillo, colombiana, Jhosept Emanuel Rodríguez Grillo, colombiano, domiciliados para estos efectos en Diagonal Sur N° 1954, de esta ciudad y de Maura García De Solís, boliviana, domiciliada para estos efectos en calle Hierba Buena N°995, de esta ciudad, interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, pidiendo que se le ordene pronunciarse de las solicitudes de permanencia definitiva, adoptando las providencias necesarias para establecer el imperio del derecho. Informó la recurrida, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de permanencia definitiva, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo, contrariedad, economía procedimental y inexcusabilidad, contenidos en la Ley N°19.880. En cuanto a las fechas de presentación de las solicitudes, refirió: a) Jhelen Jarey Duque Grillo, presentó solicitud el 13 de septiembre de 2019; b) Jeysi Jhasara Duque Grillo, presentó solicitud el 13 de septiembre de 2019; c) Jhosept Emanuel Rodríguez Grillo, presentó solicitud el 26 de junio de 2019; y d) Maura García De Solís, presentó solicitud el 11 de agosto de 2020. Por lo tanto, pese a la fecha de las presentaciones, no se han resuelto, manteniendo a los recurrentes en una situación de incertidumbre. Por lo anterior, pidió que se le ordene resolver sin más trámite las solicitudes de permanencia definitiva, emitiendo pronunciamiento en el plazo de 15 días o en el que se fije al efecto, con costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Julián Salviat Silva en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por los recurrentes. Indicó que respecto del recurrente Jhosept Emanuel Rodríguez Grillo ingresó el 08 de octubre de 2018 solicitud de permanencia definitiva, la que fue rechazada mediante la Resolución Exenta N°29345, de 13 de febrero de 2020, del Departamento de Extranjería y Migraciones, pero se le otorgó una visa de residencia temporaria por un año, en calidad de dependiente, encontrándose el estampado electrónico disponible hasta la fecha para ser descargada, sin que exista en los registros alguna solicitud de permanencia definitiva realizada por o a nombre del recurrente con fecha 26 de junio de 2019. En el caso de la recurrente Jhelen Jarey Duque Grillo, ingresó solicitud de permanencia definitiva el 13 de septiembre de 2019, sin embrago, se emitió comunicación electrónica folio N° 5988539, de 28 de mayo de 2020, informando que su solicitud era incompleta e insuficiente, debido a que acompañó documentos que no correspondían al solicitante, otorgándosele un plazo de 5 días hábiles para subsanar la solicitud, pero a la fecha no se ha recibido documento alguno. En el caso de la actora Jeysi Jhasara Duque Grillo, ingresó solicitud de permanencia definitiva el 13 de septiembre de 2019, tras la dictación de la Resolución Exenta N°21299900 de 06 de diciembre de 2021, esta se encuentra en etapa de análisis resolutivo. Lo que incluye la validación de pago de derechos, si corresponde; la revisión de antecedentes aportados por instituciones externas sobre antecedentes delictuales del peticionario y emisión del acto administrativo que otorga o recha
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se resuelve que: I. SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por el abogado Yury Ortiz Nuñez, en representación de Jeysi Jhasara Duque Grillo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a la solicitud de la actora. II. SE RECHAZA sin costas el recurso deducido a favor de Jhosept Emanuel Rodríguez Grillo, Jhelen Jarey Duque Grillo y Maura García De Solís. Regístrese y comuníquese. Rol 11.608-2022 (PROT)
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Antofagasta, a veintisiete de julio de dos mil veintidós VISTOS: La comparecencia de Yury Alexandro Ortiz Nuñez, abogado, quien en representación de Jhelen Jarey Duquye Grillo, colombiana, Jeysi Jhasara Duque Grillo, colombiana, Jhosept Emanuel Rodríguez Grillo, colombiano, domiciliados para estos efectos en Diagonal Sur N° 1954, de esta ciudad y de Maura García De Solís, boliviana, domiciliada pa
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