SIN INFORMACION

TREJO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - VISTA CON EL I.C. N° 34.371-2022

Rol

Fecha

26 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Fallo

por tanto, carece de recursos que le permitan vivir en Chile sin constituir una carga social, incurriendo en lo preceptuado, en el artículo 64 N°4 de la Ley precitada, en relación con el artículo 138 N°4 del Reglamento de Extranjería, por lo que no es posible otorgar el permiso de residencia solicitado. A causa de lo anterior, la autoridad procedió a dictar Resolución Exenta N° 148030 de fecha 3 de agosto de 2020, mediante la que se rechazó su solicitud de permanencia definitiva, mismo acto en que se otorgó a su respecto visa de residente temporaria en subsidio, por el plazo de un año. Manifiesta que conforme los datos aportados por la extranjera, este Departamento ha estimado que la recurrente, no acredita sustento económico suficiente para solventar su permanencia en el país, toda vez, que no cumple con las cotizaciones exigidas, lo que lógicamente no demuestra una mantención de una situación económica favorable a la permanencia de un extranjero en el territorio nacional. Concluye, que la autoridad mediante el acto terminal de Resolución Exenta N° 148030, de fecha 3 de agosto de 2020, da cumplimiento al concluir el procedimiento según lo establecido en el artículo 40 de la Ley N°19.880, que establece en su texto que una de las maneras de poner término a un procedimiento administrativo es a través de la resolución final, siendo aquella la vía, la que tuvo lugar en el caso de marras. Refiere, que en lo que respecta a la situación migratoria de la recurrente mediante la re

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C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de julio de dos mil veintidós. A los escritos folios 10 y 11: a todo, téngase presente. Al escrito folio 12: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. VITOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña ANA VIRGINIA TREJO VECCHIONACCE, de nacionalidad venezolana, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 26.368.777-9, médico

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