SIN INFORMACION

MOLLEDA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

26 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra en representación de Eric Lavid Reyes Gonzalez, cédula de identidad para extranjeros N° 26.979.324-4, y su cónyuge Lisbeth Del Valle Molleda Morles, cédula de identidad para extranjeros N° 26.979.323-6, ambos de nacionalidad venezolana, e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por haber omitido en forma ilegal y arbitraria pronunciamiento oportuno respecto de sus solicitudes de permanencia definitiva, de fechas 22 y 29 de julio de 2020, respectivamente, lo que constituye una perturbación del legítimo ejercicio del derecho y garantía constitucional que el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política. Explica que los recurrentes ingresaron al país con visa de responsabilidad democrática con fecha 30 de julio de 2019, según consta en estampados que acompaña. Luego, previo al vencimiento de sus visas, solicitaron beneficio de permanencia definitiva en las fechas antes indicadas, según consta en solicitudes 4546750 y 6561539 que acompaña a su presentación. Sin embargo, hasta la fecha ha transcurrido más de un año y la autoridad migratoria recurrida no se ha pronunciado sobre las solicitudes de permanencia definitiva realizadas, manteniendo a los extranjeros protegidos en situación de preocupación e incertidumbre. Previas citas legales y jurisprudenciales, finaliza pidiendo que se ordene al Departamento de Extranjería y Migración que se pronuncie sobre las solicitudes de permanencia definitiva, disponiendo que se adopten todas aquellas medidas que se estimen necesarias para establecer el imperio del derecho. Acompaña en apoyo de su presentación: 1) Comprobantes de solicitudes de permanencia definitiva de las recurrentes; 2) Estampado de visa temporaria de las recurrentes y 3) Cédulas de identidad para extranjeros de las recurrentes. Segundo: Que informó la recurrida sol

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema, sobre la materia, SE ACOGE el recurso de protección deducido por el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra a favor de don Eric Lavid Reyes González y su cónyuge doña Lisbeth Del Valle Molleda Morles en contra del Departamento de Extranjería y Migración y se ordena que dicha autoridad continúe con el trámite de permanencia definitiva de los recurrentes antes individualizados, debiendo en consecuencia darle atención preferente y en el más breve plazo. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-37953-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de julio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra en representación de Eric Lavid Reyes Gonzalez, cédula de identidad para extranjeros N° 26.979.324-4, y su cónyuge Lisbeth Del Valle Molleda Morles, cédula de identidad para extranjeros N° 26.979.323-6, ambos de nacionalidad venezolana, e interpone acc

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