MINISTERIO PUBLICO C/ RICARDO ARIEL SON ROJO
Rol
Fecha
26 de julio de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que el Defensor Penal Público, don Patricio Andrés López Díaz, en representación del sentenciado don Ricardo Ariel Son Rojo, interpone un recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal del Juicio Oral en Lo Penal de La Serena, en autos RIT N°41-2022, RUC N°2.100.614.591-1, con fecha 23 de mayo de 2022, mediante la cual se condenó a don Ricardo Ariel Son Rojo, a sufrir la pena de Tres Años Un Día de Presidio Menor en su Grado Máximo, a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor de un delito consumado de robo con fuerza en las cosas en dependencia de un lugar habitado, perpetrado en la comuna de Coquimbo, el día 3 de julio de 2021. Que al efecto, invoca por vía principal, la causal de nulidad contemplada en el artículo 374, letra e), en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal y, en subsidio, la causal de nulidad contemplada en el artículo 373, letra b), del mismo cuerpo legal. Pide dicha defensa que se anule el juicio oral y la sentencia, determinándose que el procedimiento debe retrotraerse al estado de realizarse una nueva audiencia de juicio oral, disponiéndose, además, la remisión de los antecedentes para ante un Tribunal no inhabilitado, a fin de que se proceda a la realización de un nuevo juicio oral y la dictación de una nueva sentencia. Efectuada la vista del recurso, se escucharon los respectivos alegatos de la Defensa y del Ministerio Publico, fijándose para la respectiva lectura del fallo, la audiencia del día 26 de julio del año en curso, a las 13.00 horas.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que tal como se adelantó, el recurrente invoca por vía principal, la causal de nulidad contemplada en el artículo 374 letra e), en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal, fundada en que la sentencia debe contener la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables para el acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 297 del mismo Código, esto es, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, y en este sentido, el
Fallo
fallo recurrido infringe gravemente el artículo 297 del Código Procesal Penal, puesto que se vulneran los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, especialmente el que dice relación con el principio de razón suficiente y el principio de corroboración , agregando que la omisión en que cae el Tribunal dice relación con no pronunciarse sobre la versión dada por su representado referente a las características del lugar de comisión del delito, esto es la propiedad habitada y sus dependencias, aportando detalles de acceso ocurridos en días anteriores realizadas al domicilio, al ser conocidos de los dueños de casa, estructura de la casa y color, la que debió ser ponderada con la declaración del Carabinero Kevin Álvarez, quien fue el único que ingreso al domicilio y toma las fotografías acompañadas al juicio, los que son contestes, acusado y testigo policial, en señalar que el taller de aluminio con la propiedad estaban separadas por un patio común, siendo dos dependencias de la propiedad completamente separadas una de otra, siendo el peso de la prueba del Ministerio Público el tener que acreditar de que forma ambas dependencias se encontraban comunicadas de manera directa, funcional o física, pero no existiendo corroboración alguna por parte de alguna víctima o de testigo alguno que acreditara la acusación por congruencia, pero siendo no valorado por el Tribunal o fundamentado en su resolución, existiendo al menos duda ra
Texto Completo (Preview)
c/ Son Rojo, Ricardo Ariel Robo en lugar no habitado Rol N° 728-2022 (41-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena). La Serena, veintiséis de julio de dos mil veintidós.- VISTOS: Que el Defensor Penal Público, don Patricio Andrés López Díaz, en representación del sentenciado don Ricardo Ariel Son Rojo, interpone un recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribun
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