ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de julio de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y tenido presente: El hecho de que el obligado al pago de la pensión alimenticia, el abuelo paterno de la menor de autos, don Ricardo, es pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, se revoca la resolución de fecha quince de junio de dos mil veintidós, dictada por el Cuarto Juzgado de Familia, y se decide, en cambio, que se accede a lo pedido por la alimentaria y se dispone la retención por parte de dicha institución del monto que por pensión alimenticia está obligado a pagar don Ricardo a la menor beneficiaria. Devuélvase. N°Familia-3141-2021.
Fallo
se decide, en cambio, que se accede a lo pedido por la alimentaria y se dispone la retención por parte de dicha institución del monto que por pensión alimenticia está obligado a pagar don Ricardo a la menor beneficiaria. Devuélvase. N°Familia-3141-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintidós. Al folio 8: A todo, téngase presente. Vistos y tenido presente: El hecho de que el obligado al pago de la pensión alimenticia, el abuelo paterno de la menor de autos, don Ricardo, es pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, se revoca la resolución de fecha quince de junio de dos mil veintidós, dictada por el Cu
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