ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de julio de 2022
Materia
PATERNIDAD, RECONOCIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO EN CONSIDERACION: 1° Que los artículos 209 y 327 del Código Civil faculta al Tribunal para proceder a la regulación de los alimentos provisorios, con ocasión del ejercicio de una acción de filiación, en general y de una de reclamación de estado, en particular. 2° Que, respecto del fundamento esgrimido por la sentenciadora de base para rechazar la petición en estudio, cabe hacer presente que milita en contra del demandado la presunción legal, no desvirtuada, del artículo 3 de la Ley N°14.908, que autoriza a esta Corte para proceder en los términos solicitados en el arbitrio en estudio. 3° Que, en consecuencia, de los antecedentes hasta ahora reunidos, en...
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticinco de julio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO EN CONSIDERACION: 1° Que los artículos 209 y 327 del Código Civil faculta al Tribunal para proceder a la regulación de los alimentos provisorios, con ocasión del ejercicio de una acción de filiación, en general y de una de reclamación de estado, en particular. 2° Que, respecto del fundamento esgrimido por la sentenciadora de base p
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