SIN INFORMACION

SANDOVAL/COMPIN ÑUBLE

Rol

Fecha

22 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: 1°.- Que, comparece Víctor Leonel Sandoval Lagos y recurre de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez-Subcomisión Ñuble y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por privar y/o perturbar en forma ilegal y arbitraria, los derechos que le garantiza el artículo 19 en sus numerales 1, 2, 3, 9, 18 y 24 de la Constitución Política de la República. Indica que el pasado 25 de mayo tomó conocimiento que la Superintendencia de Seguridad Social, rechazó su último recurso con el objeto de obtener la aprobación de licencias médicas previamente rechazadas por la COMPIN Ñuble, acto el cual califica de ilegal y arbitrario, pues no se funda en norma legal o parámetro de tipo objetivo. Detalla que le fueron cursadas licencias médicas por período prolongado por el diagnóstico de tendinopatía degenerativa ruptura focal de espesor total del tendón de supraespinoso derecho, siéndole imposible reinsertarse laboralmente, así como también el poder desempeñarse como operario agroindustrial, añadiendo que al tener nivel educacional básico, le es imposible poder desarrollar trabajos en los que no se requiera la fuerza física. Refiere que la atención de salud la recibe a través del Sistema Público de Salud, específicamente en el Hospital Herminda Martín, donde le otorgan las licencias médicas y mantiene controles periódicos con traumatólogo y kinesiólogo, haciendo presente que desde antes de la pandemia, se encuentra en lista de espera para someterse a cirugía por la patología que presenta. Manifiesta que si bien en un comienzo no tuvo problemas con el pago de las licencias médicas, a contar del mes de noviembre de 2021, no ha recibido pago a pesar de exponer los antecedentes médicos y adjuntar los certificados que respaldan la condición de permanecer en lista de espera, por lo que realizó en dos oportunidades, el trámite de solicitud de pensión ante su Administradora de Fondos de Pensiones, quienes le derivaron a la Comisión Médica Regiona

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el deducido por Víctor Leonel Sandoval Lagos en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez-Subcomisión Ñuble y de la Superintendencia de Seguridad Social Notifíquese, regístrese y, hecho, archívese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Redacción a cargo del Fiscal Judicial, don Solón Vigueras Seguel. ROL N°4078-2022-PROTECCION.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintidós de julio de dos mil veintidós. VISTOS: 1°.- Que, comparece Víctor Leonel Sandoval Lagos y recurre de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez-Subcomisión Ñuble y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por privar y/o perturbar en forma ilegal y arbitraria, los derechos que le garantiza el artículo 19 en sus numerales 1, 2, 3, 9, 18 y

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