CRUZ/DE LA FUENTE
Rol
Fecha
22 de julio de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE HACER, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA SIN COSTAS
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes,
Fundamentos
considerando especialmente que se tuvo el mandamiento como sentencia de término y dado que no existe un vicio de carácter procesal que autorice a anular de oficio todo lo obrado, y visto además, lo dispuesto en los artículos 83, 84 inciso final, 182 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 16 de junio de 2020, y en su lugar
Fallo
se declara que se deja sin efecto la anulación de oficio de todo lo obrado, debiendo la jueza a quo pronunciarse con arreglo a derecho respecto a lo requerido por el ejecutante, sin perjuicio de los derechos que pudiera ejercer la ejecutada en la etapa actual del procedimiento. No se condena en costas del recurso. Devuélvase. N°Civil-1417-2020.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintidós de julio de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, considerando especialmente que se tuvo el mandamiento como sentencia de término y dado que no existe un vicio de carácter procesal que autorice a anular de oficio todo lo obrado, y visto además, lo dispuesto en los artículos 83, 84 inciso final, 182 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la r
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