SERCIVIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR/ADMINISTRADORA DE SUPERMECADOS HIPER LTDA
Rol
Fecha
22 de julio de 2022
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACION
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo tercero, que se elimina. Y, se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que, en el caso sub iudice, se acreditó la responsabilidad infraccional atribuida al querellado, esto es, la infracción a los artículos 3 y 23 de la Ley N° 19.496. Segundo: Que la demandante solicitó una indemnización a título de daño emergente, lucro cesante y daño moral. Tercero: Que en lo relativo al daño emergente está constituido por el detrimento patrimonial efectivo que experimenta una persona. Los antecedentes aportados por la demandante, consistente en los comprobantes de pago de traslado por parte de la empresa Uber que ascienden a $85.800., habilitan a este tribunal para regular esta indemnización en dicho monto. Cuarto: Que respecto del lucro cesante y daño moral, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1698 del Código Civil correspondía a la actora justificar su existencia, lo que no se verificó, por lo que corresponde desestimar la demanda en lo que hace a este rubro. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de seis de septiembre del año dos mil dieciocho, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Lo Prado escrita a fojas 165 y siguientes de estos autos, con declaración que la suma de $85.800, a que fue condenada la demandada corresponde a daño emergente. Regístrese y devuélvase. N° 529-2020-Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y Carmen Gloria Escanilla Pérez.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de seis de septiembre del año dos mil dieciocho, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Lo Prado escrita a fojas 165 y siguientes de estos autos, con declaración que la suma de $85.800, a que fue condenada la demandada corresponde a daño emergente. Regístrese y devuélvase. N° 529-2020-Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y Carmen Gloria Escanilla Pérez.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron revocando el abogado don Marcelo Ignacio Gómez Vergês y confirmando el postulante Juan Martínez Ogalde. Santiago, Santiago, 22 de julio de 2022. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, veintidós de julio de dos mil veintidós. A los escritos folios N° 17, 18 y 19: A todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, c
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