SIN INFORMACION

BHAIS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Berto Bhais, haitiano, con domicilio en la V Región, quien recurre de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por no haber resuelto aún su solicitud de permanencia definitiva, efectuada según indica en su recurso, el 22 de octubre de 2018, pero según certificado que acompaña, el 2 de septiembre de 2020, lo que vulnera su garantía fundamental de igualdad ante la ley. Expone que ingresó a Chile el 5 de agosto de 2017, solicitó su permanencia definitiva en la fecha ya señalada, con el N° 5266872, en tanto pagó los derechos correspondientes el 1 de abril de 2019, pese a lo cual no tiene respuesta, ni aparece en el trámite de la página de extranjería, ni en un historial. Luego señala que no se ha emitido la orden de giro correspondiente. Indica que actualmente cuenta con empleo fijo con contrato indefinido en la empresa Álvarez y Chávez Ltda., pero que no puede ascender pues su empleador le dice que tiene que tener permanencia definitiva y/o una cédula de identidad vigente. Solicita se ordene a la recurrida pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva. Acompaña documentos al recurso. A folio 14 informa el Servicio de Migraciones y solicita el rechazo del presente recurso por las razones que expone. Refiere que el actor solicitó su permanencia definitiva el 24 de octubre de 2019. Por otro lado, el 5 de julio de 2019 mediante Informe Policial N°1403 se pone en conocimiento de la otrora Intendencia de Tarapacá el “egreso” de forma clandestina del territorio nacional del extranjero recurrente. De acuerdo a ello, mediante Resolución Exenta N°4220 de 23 de agosto de 2019 de la Intendencia de Tarapacá se expulsa del país al extranjero recurrente, por haber “egresado” clandestinamente del territorio nacional. Luego, mediante Resolución Exenta N°1795 de 27 de julio de 2021, de la Intendencia Regional de Tarapacá, se rechazó recurso de reconsideración presenta

Fundamentos

considerando: Primero: Que sin perjuicio de la disparidad de fechas dadas por las partes, estas están contestes en que el actor solicitó su permanencia definitiva, y que no existe una resolución final que se haya pronunciado sobre ello, porque la recurrida señala y acompaña la resolución que así lo ordena, que dicha petición fue archivada por existir una orden de expulsión vigente contra el actor. Segundo: Que sin entrar al fondo del asunto, lo cierto es que la ilegalidad denunciada en este recurso es precisamente ello, que no exista una resolución final que aprueba o rechace la solicitud de permanencia definitiva hecha por el actor, no siendo equivalente por cierto, una orden de archivar los antecedentes, que precisamente la evita. Tercero: Que aquello ha incumplido con el principio de celeridad, establecido en el artículo 7 de la Ley N° 19.880, y excedió el plazo establecido en el artículo 27 de la mencionada Ley, toda vez que han transcurrido dos años y nueve meses desde la fecha indicada por la recurrida, sin una resolución final. Cuarto: Que,

Fallo

por tanto, aquella omisión resulta ser ilegal y arbitraria, y vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra del recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes de permanencia definitiva y obtener una decisión terminal en tal sentido, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, cómo se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido por Berto Bhais, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se ordena a la recurrida dar curso a la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva hecha por el actor, ordenada archivar mediante Resolución N° 7552 del 6 de agosto de 2021, en un plazo de 30 días, desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección 63257-2022. En Valparaíso, veintidós de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de julio de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Berto Bhais, haitiano, con domicilio en la V Región, quien recurre de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por no haber resuelto aún su solicitud de permanencia definitiva, efectuada según indica en su recur

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