JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE SANTA JUANA

NN C/ PABLO LUIS TENORIO ROBLES

Rol

Fecha

22 de julio de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: 1° Que en la presente causa Rol N° 760-2022 del ingreso penal de esta Corte, la defensa del imputado Pablo Luis Tenorio Robles se ha alzado en contra la de la resolución de 15 de julio del presente año, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Santa Juana impone la medida cautelar personal de prisión preventiva al encausado antes mencionado, solicitando se aplique en su lugar la cautelar del artículo 155 letra A del Código Procesal Penal, en su carácter de total. 2° Que en esta causa el imputado Pablo Luis Tenorio Robles se encuentra formalizado por delito de porte de arma de fuego del artículo 3 letra a) en relación al artículo 14 de la ley 17.798, en relación a eventos acontecidos con fecha 14 de julio de 2022. 3° Que de los antecedentes aportados por los intervinientes, se constata que en la especie se encuentra debidamente justificada la existencia de los hechos en virtud de los cuales se ha formalizado, existiendo además suficientes antecedentes que en esta etapa inicial del procedimiento penal resultan hábiles para presumir en forma fundada la participación penal del encausado, con lo que se encuentran debidamente establecidos los presupuestos contenidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y habiéndose declarado, por lo demás, la legalidad de la detención 4° Que, en relación a la necesidad de cautela exigida por la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente que se trata de una persona que al momento de su detención portaba un arma de fuego recortada, prohibida; con medidas cautelares vigentes decretadas en causa diversa; habiendo sido condenado previamente por otros delitos, careciendo por tanto de irreprochable conducta anterior;

Fundamentos

considerando igualmente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos; así como la gravedad de la pena asignada por la ley al delito por el cual se encuentra formalizado, unido al hecho que las alegaciones de la defensa en cuanto a cuestionar la legalidad de la detención, configuran argumentos que requieren para su plausibilidad de más y mejores elementos de convicción, aun no reunidos en esta etapa procesal, con lo que no cabe sino concluir que en este caso la libertad personal de Pablo Luis Tenorio Robles constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual es procedente decretar la prisión preventiva a su respecto, correspondiendo por ello confirmar la resolución que así lo dispone.

Fallo

por tanto de irreprochable conducta anterior; considerando igualmente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos; así como la gravedad de la pena asignada por la ley al delito por el cual se encuentra formalizado, unido al hecho que las alegaciones de la defensa en cuanto a cuestionar la legalidad de la detención, configuran argumentos que requieren para su plausibilidad de más y mejores elementos de convicción, aun no reunidos en esta etapa procesal, con lo que no cabe sino concluir que en este caso la libertad personal de Pablo Luis Tenorio Robles constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual es procedente decretar la prisión preventiva a su respecto, correspondiendo por ello confirmar la resolución que así lo dispone. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de quince de julio del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Santa Juana, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Pablo Luis Tenorio Robles. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-760-2022.

Texto Completo (Preview)

Concepción, veintidós de julio de dos mil veintidós. VISTOS: 1° Que en la presente causa Rol N° 760-2022 del ingreso penal de esta Corte, la defensa del imputado Pablo Luis Tenorio Robles se ha alzado en contra la de la resolución de 15 de julio del presente año, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Santa Juana impone la medida cautelar personal de prisión preventiva al encausado antes

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