BLAS/REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Rol
Fecha
21 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que, comparece el abogado Francisco Javier Gajardo Contreras, en representación de MARIO ERNESTO BLAS SILVESTRE, cédula nacional de identidad N°12.211.952-1, ambos domiciliados en esta ciudad y deduce recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica y Parinacota, por el acto ilegal y arbitrario consistente en rechazar la solicitud de omisión de las anotaciones penales de la hoja de vida del conductor, en circunstancias que aquellas se encuentran omitidas del certificado de anotaciones penales, proceder que estima vulnera la garantía constitucional prevista en el numeral 2, 4 y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. En cuanto a los hechos el letrado refiere que el 14 de abril de 2015, el recurrente fue condenado por del delito de conducción en estado de ebriedad en causa RIT N° 1355-2015, RUC N°1.400.915.318-4, seguida ante el Juzgado de Garantía de Arica, condena que se encuentra íntegramente cumplida. Posteriormente, el 06 de noviembre de 2019, fue condenado por el delito de conducción en estado de ebriedad en causa RIT N°4713-2019, RUC N°1.801.282.075-1 del Juzgado de Garantía de Arica, condena que también señala estar cumplida. Añade que el certificado de antecedentes penales para fines especiales del recurrente no registra anotaciones, por lo que su representado solicitó al Servicio de Registro Civil e Identificación, la omisión de las condenas de su hoja de vida de conductor, solicitud que fue rechazada, indicándosele que no procede omitir las anotaciones penales. Expone que ambas condenas se encuentran omitidas en el extracto de antecedentes penales conforme al art. 38 de la ley 18.216, y que se ha solicitado al Servicio de Registro Civil omita, de igual manera, estas condenas de la hoja de vida del conductor, ya que, seguir manteniéndolo afecta al recurrente en sus oportunidades de postulación a trabajos, lo cual, implicaría que no puede lograr una acertada reinserción social,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, el recurso de protección interpuesto por don Francisco Javier Gajardo Contreras, en representación de Mario Ernesto Blas Silvestre, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Regístrese y, hecho, archívese. Rol N° 2002-2022-Protección.-
Texto Completo (Preview)
Arica, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Vistos: PRIMERO: Que, comparece el abogado Francisco Javier Gajardo Contreras, en representación de MARIO ERNESTO BLAS SILVESTRE, cédula nacional de identidad N°12.211.952-1, ambos domiciliados en esta ciudad y deduce recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica y Parinacota, por el acto ilegal y arbitrari
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