SIN INFORMACION

CARRASCO/MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LA SERENA

Rol

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: 1°.- Que, comparece el abogado Claudio Riquelme Silva en favor de don Sebastián Carrasco Navia e interpone acción constitucional en favor de Sebastián Carrasco Navia, cédula nacional de identidad 15.661.795-4, quien se encuentra en prisión preventiva en Santiago Uno, en causa Rit 970-2022, del Juzgado de Garantía de Chillán, señalando que se han vulnerado derechos garantidos en la Constitución Política de la República, en especial, lo que dice relación con la realización de un debido proceso y que esté ajustado a derecho, por cuanto en reiteradas oportunidades, en su calidad de defensor, ha intentado acreditarse ante el Ministerio Público, con la finalidad de articular las diligencias, entrevistas o copias de carpeta investigativa que sean pertinentes, no pudiendo hacerlo, aun cuando también, asistió a la mesa de ayuda para subsanar dicho problema, sin tener respuesta a la fecha. Indica que al verse amenazada una adecuada defensa jurídica, que no se ajusta a lo establecido en la ley, es que solicita se incoe la presente acción cautelar en contra del Ministerio Público, para que se le permita poder actuar lo que en derecho corresponda, pudiendo acreditarse y solicitar los antecedentes mínimos para llevar adelante una adecuada defensa judicial, por lo que pide se tenga por deducida acción de amparo constitucional en favor de Sebastián Carrasco Navia en contra del Ministerio Público, mandando que se guarden las formalidades legales y adoptar, de inmediato, las providencias que se juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar el debido proceso del amparado, obligando a la recurrida a que informe el por qué no se ha podido ejercer la más mínima actuación (acreditarse) en la Fiscalía Regional de Chillán, por medio de “Fiscalía en Línea”. 2°.- Que, informa doña Nayalet Mansilla Donoso, Fiscal Regional de Ñuble, quien refiere que revisados sus sistemas, se pudo constatar que por un error de registro el RUT del imputado Sebastián Carrasco Nav

Fundamentos

considerando precedente, el recurso de amparo, tiene como objeto restablecer el imperio del derecho ante cualquier perturbación, privación o amenaza en el ejercicio de la libertad personal y seguridad individual, que tenga como causa un acto u omisión arbitraria o ilegal. 5°.- Que, los hechos que se denuncian dicen relación con la falta de incorporación del abogado recurrente en el sistema informático del Ministerio Público, lo que conllevaría la imposibilidad de solicitar diligencias y copias y de adjuntar documentos. Sin embargo, como fuera informado por el ente persecutor, tal situación ha sido solucionada, pues se ha corregido el defecto en el registro del número de cédula de identidad del amparado. 6°.- Que, así las cosas, no se encuentra acreditada alguna amenaza, perturbación o vulneración actual de la libertad personal o seguridad individual del amparado a raíz del error informático acaecido, encontrándose ya incluido en la tramitación digital de la investigación el abogado compareciente y, con ello, corrigiendo la actuación defectuosa, por lo que no es posible adoptar medida alguna a este respecto, debiendo desestimarse la acción deducida.

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, se rechaza el recurso de amparo deducido por el abogado Claudio Riquelme Silva a favor de Sebastián Carrasco Navia, en contra del Ministerio Público de Ñuble. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redacción a cargo del Fiscal Judicial, don Solón Vigueras Seguel. ROL N° 172-2022 - AMPARO.

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintiuno de julio de dos mil veintidós. VISTOS: 1°.- Que, comparece el abogado Claudio Riquelme Silva en favor de don Sebastián Carrasco Navia e interpone acción constitucional en favor de Sebastián Carrasco Navia, cédula nacional de identidad 15.661.795-4, quien se encuentra en prisión preventiva en Santiago Uno, en causa Rit 970-2022, del Juzgado de Garantía de Chillán, señalando que

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