IMPORT EXPORT STOP S.A./DERCO S.A. ACUM. ING. CORTE 14812-2019.- ( CASACIÓN Y APELACIÓN ) LTE
Rol
Fecha
21 de julio de 2022
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: Estos autos del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago han sido elevados a esta Corte e ingresados en ella con el Rol N° 12.448-2019, para conocer de los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por las demandadas, Derco S.A., Importadora y Distribuidora Alameda S.A., e Industria Automotriz Francoamérica S.A., en contra de la sentencia de veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve, por la que se designa árbitro de derecho a don Rodrigo Urzúa Martínez.
Fundamentos
Considerando: A) Respecto del recurso de casación en la forma: Primero: Que la demandada funda su arbitrio en las causales de los numerales 4° y 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. El primer motivo lo funda en que el
Fallo
fallo reclamado habría incurrido en el vicio de extrapetita, habida consideración a que el mismo se habría extendido a puntos no sometidos a su decisión, los que consiguientemente no fueron objeto de la discusión de autos. Agrega que el fallo incurrió en el vicio aludido, concretamente, porque la sentenciadora designa a un árbitro de derecho, decisión que no se aviene con lo pactado en la cláusula arbitral contemplada en el contrato de prestación de servicios celebrado entre las partes, según el cual debe nombrarse a un árbitro mixto, y sin que ello fuera pedido por el demandante en esta causa, pues no especificó la calidad del árbitro. En relación con el segundo motivo indicado, denuncia que el fallo no contiene las consideraciones de hecho y de derecho que le sirven de fundamento, infringiendo el artículo 170 N° 4 del citado cuerpo legal. Pide que, conociendo del recurso, esta corte lo acoja e invalide la sentencia impugnada, y acto continuo y sin nueva vista, pero separadamente, dicte la sentencia que corresponda con arreglo a la ley, rechazando la designación de juez árbitro impetrada, por improcedente. Segundo: Que de los antecedentes de autos cabe concluir que, la resolución recurrida, no es de aquellas susceptibles de ser atacadas por medio del arbitrio en cuestión, toda vez que no reviste las características de una sentencia definitiva, por lo que no cabe sino desestimar el recurso de casación en la forma impetrado, por improcedente. A mayor abundamiento, los fun
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 35 y 36: a todo, téngase presente. Vistos: Estos autos del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago han sido elevados a esta Corte e ingresados en ella con el Rol N° 12.448-2019, para conocer de los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por las demandadas, Derco S.A., Importadora y D
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