3º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

MONTES CHAVEZ CLAUDIA

Rol

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO y teniendo además presente, que la propia parte solicitante adjuntó documental oficial, emanada de la República de Perú, en la cual la persona fallecida es individualizada como nacional de ese país, instrumentos todos posteriores a la partida de bautismo chilena, y lo dispuesto en los artículos 819, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de diecinueve de abril de dos mil veintidós. La decisión anterior se adoptó con el voto en contra de la ministra suplente Sra. Ríos, quien estuvo por revocar la sentencia en alzada acogiendo la solicitud de inscripción de nacimiento de don Pedro Chávez Manrique, por estimar que la prueba aportada por la solicitante cumple con creces el estándar de la información sumaria exigida por el artículo 818 del Código de Procedimiento Civil, para acreditar que dicha persona nació en territorio chileno el 1 de agosto de 1915, y no habiéndose realizado su inscripción en el plazo establecido por el artículo 30 de la Ley del Registro Civil por las justificadas razones señaladas por la peticionaria, debe efectuarse por orden de un tribunal. Regístrese y devuélvase. Rol N° Civil-259-2022.

Texto Completo (Preview)

Iquique, veintiuno de julio de dos mil veintidós. VISTO y teniendo además presente, que la propia parte solicitante adjuntó documental oficial, emanada de la República de Perú, en la cual la persona fallecida es individualizada como nacional de ese país, instrumentos todos posteriores a la partida de bautismo chilena, y lo dispuesto en los artículos 819, 186 y siguientes del Código de Procedimient

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