CONDOMINIO PARQUE DEL MONASTERIO II/MARINELLO
Rol
Fecha
27 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que se ha formulado incidente de implicancia respecto del Ministro Suplente señor José Marinello Federici, fundado en la causal del número 8 del artículo 195 del Código Orgánico de Tribunales, solicitando que la misma sea acogida y se le declare implicado para intervenir, conocer y fallar los recursos de casación en la forma y apelación de la sentencia definitiva tramitados bajo los roles Ingreso Corte Nº 15.163-2019, acumulada a los Nºs 15164-2019 y 3355-2020. 2º) Que consta de la revisión del Ingreso Corte antes señalado, que con fecha veintidós de julio pasado se efectuó la vista de la causa, en la Quinta Sala de esta Corte, la que estuvo integrada por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por la Ministra señora María Soledad Melo Labra y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. 3º) Que así las cosas, al haberse efectuado la vista de la causa en el ingreso en que incide el presente incidente de implicancia, sin que haya intervenido el Ministro cuya implicancia se pretendía, se evidencia que el presente arbitrio ha perdido oportunidad. En consecuencia, se omite pronunciamiento, por haber perdido oportunidad, respecto de la incidencia planteada a folio Nº 1 de estos antecedentes por el abogado señor José Pedro Barahona González. Regístrese, y en su oportunidad, archívese. N° Civil-3311-2021. mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Inelie Durán Madina e integrada por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Cristian Lepin Molina.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de julio de dos mil veintidós. A los folios Nº 2 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°) Que se ha formulado incidente de implicancia respecto del Ministro Suplente señor José Marinello Federici, fundado en la causal del número 8 del artículo 195 del Código Orgánico de Tribunales, solicitando que la misma sea acogida y se le decla
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