SIN INFORMACION

VIÑEDOS EMILIANA S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - (LTE)

Rol

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jorge Correa Reymond, abogado, en representación de Viñedos Emiliana S.A., quien interpone reclamo de ilegalidad municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, por la emisión del Certificado de Distribución de Capital Propio Nº1081, de 8 de julio de 2020 y la Orden de Ingreso Municipal Nº14031424, de 31 de julio de 2020, estimando que ambos son ilegales por infringir lo previsto en los artículos 23 y 24 del D.L. N°3.063 Ley de Rentas Municipales y lo preceptuado en el artículo 3° de su Reglamento, contenido en el D.S. N°484 del Ministerio del Interior. Refiere que la reclamante se dedica principalmente a actividades agrícolas primarias, como la producción de uvas viníferas, la elaboración de vino a partir de ellas y su posterior venta a determinadas empresas distribuidoras. En consecuencia, para determinar el valor de la patente comercial que debe pagar, se debe descontar el capital destinado a la actividad no gravada, como resulta ser la actividad agrícola que realiza. Sin embargo, los actos reclamados gravan todo el capital, sin realizar ningún tipo de descuento, lo que le provoca un evidente perjuicio patrimonial, al imponerle una carga superior a la que la ley establece. Afirma que en el presente caso no concurren los requisitos copulativos que prevé el artículo 3° del D.S. N°484 para que una actividad primaria se encuentre gravada con patente municipal, esto es, que además de mediar un proceso de elaboración de productos, que resulta el caso, los productos así elaborados sean vendidos directamente al público y a cualquier comprador en general. Sostiene que esta última circunstancia no corresponde a la actividad realizada por la reclamante, pues la venta es realizada sólo a seis empresas que individualiza, que corresponden a intermediarios mayoristas y no al consumidor final. Cualquier interpretación al respecto debe ser restrictiva y, en consecuencia, su actividad primaria no puede estar grava

Fundamentos

considerando que el Capital Propio Tributario afecto al pago de patente municipal corresponde a $6.290.759.926 y; que se reembolse toda suma pagada en exceso por Viñedos Emiliana S.A. Segundo: Que, evacuando el traslado conferido, comparece Rogelio Erazo Román, abogado, en representación de la Municipalidad de Las Condes, interponiendo, en primer término, excepción de litispendencia, por mantenerse actualmente en tramitación otro reclamo de ilegalidad municipal en el que concurre la triple identidad de partes, cosa pedida y causa de pedir, seguido en autos Rol N°687-2019 de esta Corte, que rechazó el reclamo de ilegalidad por sentencia de diez de octubre de dos mil diecinueve, encontrándose pendientes los recurso de casación en la forma y fondo deducidos para ante la Corte Suprema, bajo el Rol N° 129.225-2020. En cuanto al fondo, solicita el rechazo del reclamo de ilegalidad, con costas, por cuanto la reclamada actuó dentro de las atribuciones que el ordenamiento legal le confiere. Sobre los hechos, indica que el 7 de octubre de 1998, Bodegas y Viñedos Santa Emiliana solicitó a la Municipalidad de Las Condes una patente comercial para el giro agrícola, comercial e industrial, para ser ejercida en el domicilio ubicado en Nueva Tajamar N° 481, Oficina 701, comuna de Las Condes, la que fue concedida mediante Resolución N° 2757 de 8 de octubre del mismo año, modificándose luego en el año 2005 por su cambio de razón social a “Viñedos Emiliana S.A.”. Señala que la propia reclamante indica que comercializa vino, de modo que se cumple el requisito relativo a la venta realizada a cualquier comprador en general, considerando los amplios términos que el referido artículo 23 utiliza, incluyéndose la venta a mayoristas, concluyendo que no existe infracción a la ley que pueda reprocharse a la Municipalidad. Tercero: Que, evacuando el traslado respecto a la excepción de litispendencia, la reclamante solicitó su rechazo, por no ser efectivo que se cumpla con la triple identidad aludida por la contraria, pues los actos que se reprochan en ambos son distintos. Precisa que el reclamo de ilegalidad Rol N 687-2019, fue interpuesto contra el Oficio N°741 de fecha 10 de octubre de 2019 suscrito por don Ricardo Cariola Martínez, Jefe (S) del Departamento de Patentes Municipales de la Municipalidad de Las Condes, mediante el cual, la entidad edilicia rechazó la solicitud de rectificación de la declaración de Capital Propio Tributario afecto al pago de patente municipal. En cambio, en el reclamo que da origen a estos autos se impugna tanto el Certificado de Distribución de Capital Propio N°1081, de fecha 8 de julio de 2020, y la Orden de Ingreso Municipal N°14031424, de fecha 31 de julio de 2020, ambos documentos emitidos por la Ilustre Municipalidad de Las Condes; por haber estos vulnerado las disposiciones del artículo 23 del D.L. 3.063 y el artículo 3° del D.S. N°484, al no haber rectificado la declaración de Capital Propio Tributario afecto al pago de patente mu

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 151 y siguientes de la Ley N° 18.695, y 23, 24 y 25, del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales y artículos 3 y 4 del D.S. N° 484, se declara: I.- Que se rechaza la excepción de litispendencia opuesta por la reclamada. II.- Que se rechaza, sin costas, el reclamo de ilegalidad deducido contra el Certificado de Distribución de Capital Propio Nº1081, de 8 de julio de 2020 y la Orden de Ingreso Municipal Nº14031424, de 31 de julio de 2020, emitidos por la Ilustre Municipalidad de Las Condes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad archívese. Redacción de la Ministra (S) doña Erika Villegas Pavlich. Contencioso-Administrativo N°598-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jorge Correa Reymond, abogado, en representación de Viñedos Emiliana S.A., quien interpone reclamo de ilegalidad municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, por la emisión del Certificado de Distribución de Capital Propio Nº1081, de 8 de julio de 2020 y la Orde

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