SIN INFORMACION

COMERCIAL ECCSA S.A./28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)

Rol

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen los abogados Cristóbal Jimeno Chadwick y José Tomás Barros Harseim por la parte demandada Comercial Eccsa S.A. y Ripley Store Limitada interponen recurso de hecho en contra de la resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintidós dictada por el 28º Juzgado Civil de Santiago en los autos rol C-16645-2015, caratulados “Chilena Consolidada con Ripley Store Limitada y otra”, que denegó el recurso de apelación subsidiario al recurso de reposición en contra de la resolución de nueve de marzo del año en curso. Explica que la resolución apelada resolvió sobre dos acápites que le causan agravio, pues tuvo por acompañados en la audiencia de exhibición documentos ofrecidos por el demandante por escritos de 21 de febrero pasado y no dio lugar a su solicitud de desglose de aquellos en relación a la presentación folio 421, porque no guardan relación con la exhibición de documentos que se encontraba vigente, sino que más bien con la que su parte se había desistido. Sostiene que la resolución recurrida era susceptible de ser recurrida vía reposición y apelación subsidiaria, toda vez que se trata de un auto que altera la substanciación regular del juicio, toda vez da a entender que tiene por acompañados documentos una vez vencido el término probatorio, y más grave aún, que no eran objeto de la diligencia probatoria pendiente. En consecuencia, pide declarar admisible la apelación subsidiaria deducida en contra de la resolución de fecha 09 de marzo de 2022. SEGUNDO: Que, se solicitó informe al Vigésimo Octavo Juzgado de Civil de Santiago, el cual fue evacuado por la jueza Lilian Lizana Tapia, sosteniendo que la resolución recurrida resuelve un recurso de reposición con apelación subsidiaria, que cierra la discusión sobre la diligencia de exhibición de documentos y por otra, establece derechos permanentes respecto de la exhibición, lo que le otorga la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, procedía en su c

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 188, 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por los abogados Cristóbal Jimeno Chadwick y José Tomás Barros Harseim en contra de la resolución de veinticinco de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-16645-2015, caratulados “Chilena Consolidada con Ripley Store Limitada y otra y se declara que la apelación subsidiaria deducida en contra de la resolución de nueve de marzo del año curso, es admisible y se concede en el sólo efecto devolutivo, debiendo el tribunal a quo, remitir a la brevedad los antecedentes para su conocimiento y fallo vía interconexión. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-4253-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Al folio 19, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen los abogados Cristóbal Jimeno Chadwick y José Tomás Barros Harseim por la parte demandada Comercial Eccsa S.A. y Ripley Store Limitada interponen recurso de hecho en contra de la resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintidós dictada

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