ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de julio de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que existen dos versiones contrapuestas respecto de la suficiencia de los pagos y los
Fundamentos
motivos de los mismos, y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución de quince de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Los Andes y en su lugar se ordena fijar una audiencia especial para efectos de discutir la existencia y suficiencia de los pagos que se alegan, debiendo las partes probar sus aseveraciones y dictar el tribunal todas las resoluciones que de las anteriores se deriven, para los efectos señalados Notifíquese, comuníquese por la vía...
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que existen dos versiones contrapuestas respecto de la suficiencia de los pagos y los motivos de los mismos, y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución de quince de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia
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