PEREZ/LATAM AIRLINES GROUP S.A.
Rol
Fecha
21 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política del a República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. Que en la especie, no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales amparados por esta vía cautelar de derechos indubitados. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por el abogado don Eduardo Orellana Medel, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Ivonne Avendaño Gómez, quien estuvo por declarar admisible el recurso, acogiéndolo a tramitación, en mérito de sus propios fundamentos. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 3.903-2022
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por el abogado don Eduardo Orellana Medel, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Ivonne Avendaño Gómez, quien estuvo por declarar admisible el recurso, acogiéndolo a tramitación, en mérito de sus propios fundamentos. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 3.903-2022
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política del a República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, p
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