ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de julio de 2022
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que tanto el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales, como el artículo 87 de la Ley N°19.947, que sirve de sustento legal a la resolución apelada, son normas de competencia relativa, desde que atañen al territorio como elemento determinante y, en cuanto tales, plenamente disponibles para las partes que están facultadas para prorrogar expresa o tácitamente la competencia a un tribunal que no sea el naturalmente competente en...
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando la abogada doña Sylvana Aranda Castellano. Santiago, 21 de julio de 2022. Camila Philp Salgado. Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 8: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que tanto el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales, como el artículo 87 de la Ley N°19.947, que
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