SIN INFORMACION

PLANELLCH/UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN

Rol

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece, doña PÍA CONSTANZA GRACE PLANELLCH TORRES, estudiante, y deduce recurso de protección en contra de la UNIVERSIDAD SAN SEBASTIAN, representada por don Hugo Lavado Montes. Relata, que el 9 de marzo de 2021, se presentó personalmente, en la Universidad del Desarrollo “para renunciar a la vacante (matrícula) en la Universidad San Sebastián” (sic), firmando unos documentos, que luego fueron enviados al Ministerio de Educación, para validar la renuncia. Explica que, posteriormente, para asegurarse que todos los procesos correspondientes a la renuncia estuvieran sin problemas, llamó a la Universidad San Sebastián, donde le dijeron que debía el arancel de dicha casa de estudios, y que para resolver el caso, debía solicitar asistencia, en una página web. Posteriormente, el 26 de abril de 2021, realizó su solicitud, en esa página, no obteniendo respuesta hasta el 10 de mayo de 2021, mismo día, en que es informada que derivarán su caso a un supervisor, quien le indicó, que su caso ya no es de “Retracto”, por cuanto, había vencido el plazo para hacerlo, el 10 de marzo de 2021, -en circunstancias, que había efectuado el trámite el 9 de marzo de 2021, en la Universidad del Desarrollo-, sino que, correspondería a “Retiro”. Expone, que fue autorizada para realizar el retiro, pero contactada por correo electrónico para firmar una serie de documentos que detalla, se le informó que no sería eximida de sus obligaciones financieras con la universidad, y que por tanto, tendría que pagar el arancel, pese a que nunca asistió a clases en dicha universidad. Dicha situación, se mantuvo, durante los meses siguientes, reiterando su petición, el 7 de octubre del año 2021, cuando al volver a llamar, obtuvo la misma respuesta, esto es, que debía pagar el arancel, con lo que no está de acuerdo, puesto que, -insiste-, renunció a la matricula el día 9 de marzo de 2021, al preferir a la Universidad del Desarrollo, y por no haber asistido a clases

Fallo

por tanto, tendría que pagar el arancel, pese a que nunca asistió a clases en dicha universidad. Dicha situación, se mantuvo, durante los meses siguientes, reiterando su petición, el 7 de octubre del año 2021, cuando al volver a llamar, obtuvo la misma respuesta, esto es, que debía pagar el arancel, con lo que no está de acuerdo, puesto que, -insiste-, renunció a la matricula el día 9 de marzo de 2021, al preferir a la Universidad del Desarrollo, y por no haber asistido a clases ni presencial ni on line, en la Universidad San Sebastián. En cuanto a las garantías constitucionales que enuncia como vulneradas, cita las previstas en los numerales 2° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que, la recurrida, deje nulo todo cobro por supuestas clases, y deje sin efecto los cobros ilegales, o lo que esta Corte, estime para restablecer sus derechos, con costas. Segundo: Que informando, comparece don Luis Ulloa Rosas, abogado, por la recurrida, quien solicita el rechazo del recurso, con costas, por improcedente y por no ser efectivos sus fundamentos. Reseña, que la protegida, el 11 de enero de 2021, celebró un contrato de prestación de servicios educacionales, con la Universidad San Sebastián, matriculándose en la carrera de Ingeniería Civil Industrial, sede Santiago. Posteriormente, mediante, solicitud ingresada a la plataforma web de la Universidad, el 27 de abril de 2021, solicitó el retracto de su matrícula, aclarando, que ya lo había pedido, a

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Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece, doña PÍA CONSTANZA GRACE PLANELLCH TORRES, estudiante, y deduce recurso de protección en contra de la UNIVERSIDAD SAN SEBASTIAN, representada por don Hugo Lavado Montes. Relata, que el 9 de marzo de 2021, se presentó personalmente, en la Universidad del Desarrollo “para renunciar a la vacante (m

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