MERY/PARTIDO SOCIALISTA DE CHILE
Rol
Fecha
20 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece don JAMES MERY BELL, interponiendo recurso de protección en contra del PARTIDO SOCIALISTA DE CHILE, representado legalmente por su Secretario General, don Andrés Antonio Santander Ortega, por el acto ilegal y arbitrario cometido al privársele de ejercer su derecho a sufragio en las últimas elecciones partidarias, realizadas el día domingo 15 de mayo de 2022, atentando gravemente en contra de la garantías constitucionales de los numeral 2 y 15 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Para fundar su acción desarrolla su trayectoria dentro del Partido Socialista, indicando en síntesis, que luego de haberse incorporado el año 1999 al mismo y de haberse retirado, finalmente volvió a militar en él en el mes de septiembre del año 2021, para lo cual entregó su ficha de afiliación al Secretario General del Partido Socialista. Precisa a continuación después de citar y reproducir el artículo 2 inciso sexto del Estatuto y el artículo 19 inciso 2 de la ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, que se le debía notificar de tal hecho, lo cual no ocurrió, por lo cual la misma ley orgánica sanciona en su artículo 19 inciso 3 la sanción “Si el partido político no se pronuncia sobre la solicitud dentro del plazo de cuarenta días hábiles desde que ésta se efectuó, se entenderá aceptada, pudiendo el solicitante requerir al Servicio Electoral que lo incorpore como afiliado o adherente al respectivo registro del partido”. Luego indicó que innecesario fue realizar dicho requerimiento, puesto que fue incorporado al padrón del Partido Socialista, pero con una salvedad: al enviarse el padrón electoral al comunal Chillán para realizar las elecciones partidarias internas, el Tribunal Supremo o el Secretario General (dato que desconozco) escribió en el documento Excel que contenía el padrón al lado de mi nombre “Inhabilitado/a por renuncia- no reincorporado/a conforme al artículo 29 Inciso E (sic) del estatuto”. Señala que lo más irriso
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el interpuesto por don JAMES MERY BELL, en contra del PARTIDO SOCIALISTA DE CHILE, representado legalmente por su Secretario General, don Andrés Antonio Santander Ortega. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección. Regístrese; hecho, archívese. Redacción a cargo del Ministro Claudio Arias Córdova. No firma la ministra señora Pezoa, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente haciendo uso de feriado legal. Rol N° 3625 - 2022 PROTECCIÓN.-
Texto Completo (Preview)
8 Chillán, veinte de julio de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que, comparece don JAMES MERY BELL, interponiendo recurso de protección en contra del PARTIDO SOCIALISTA DE CHILE, representado legalmente por su Secretario General, don Andrés Antonio Santander Ortega, por el acto ilegal y arbitrario cometido al privársele de ejercer su derecho a sufragio en las últimas elecciones partidarias, realizad
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