JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ EDGARD EDISON CARCAMO CARCAMO

Rol

Fecha

20 de julio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, los argumentos vertidos en audiencia al efecto por el tribunal a quo para modificar la medida cautelar de prisión preventiva, se estima que la necesidad de cautela y los fines del procedimiento se garantizan de manera de manera eficiente por las medidas de menor intensidad del artículo 155 literales a) y b) del Código Procesal Penal decretadas en perjuicio del imputado; se confirma la resolución en alzada de fecha diecinueve de julio del año en curso, dictada por don Miguel Ángel García Herrera, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que modificó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Edgard Edison Cárcamo Cárcamo  y dispuso a su respecto el arresto domiciliario total y la sujeción a la vigilancia del Hospital para que mantenga el tratamiento ambulatorio. Que conforme a lo anteriormente resuelto se hace innecesario emitir pronunciamiento respecto a la admisibilidad del recurso alegada por haber sido planteada la incidencia en forma extemporánea. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. Rol Penal N° 468-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinte de julio de dos mil veintidós. VISTOS: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, los argumentos vertidos en audiencia al efecto por el tribunal a quo para modificar la medida cautelar de prisión preventiva, se estima que la necesidad de cautela y los fines del procedimiento se garantizan de manera de manera eficiente por las medida

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