GLISSER/
Rol
Fecha
20 de julio de 2022
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Primero: Que no se dio curso a la gestión voluntaria, atendida la circunstancia de que el objeto de la donación insinuada son 2000 acciones de Aglicam Corp, sociedad constituida bajo las leyes de las Islas Vírgenes Británicas; Segundo: Que conforme se desprende de los artículos 16 y 17 del Código Civil, preceptos que reconocen que los contratos celebrados válidamente en Chile se encuentran sujetos a la ley del lugar de su otorgamiento, aunque se trate de bienes situados en el extranjero, no resulta ajustada a derecho la resolución que por esta vía se impugna; Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en las normas legales citadas y artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veinte de octubre de dos mil veintiuno, pronunciada en los autos V- 270-2021, del Tercer Juzgado Civil de Santiago, y se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la solicitud de insinuación de donación. Devuélvase vía interconexión. N° 10723-2021-Civil. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y Carmen Gloria Escanilla Pérez.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en las normas legales citadas y artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veinte de octubre de dos mil veintiuno, pronunciada en los autos V- 270-2021, del Tercer Juzgado Civil de Santiago, y se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la solicitud de insinuación de donación. Devuélvase vía interconexión. N° 10723-2021-Civil. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y Carmen Gloria Escanilla Pérez.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado señor Pedro Gutiérrez Solís por su recurso. Remitió minuta ad effectum videndi. Santiago, 20 de julio de 2022. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, veinte de julio de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 12: A todo, téngase presente. Al escrito folio N° 13: A sus antecedentes. Vistos: Primero: Que no se dio curso a la gestión vo
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