1ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ANTOFAGASTA

SOZA/EASY RETAIL S.A.

Rol

Fecha

20 de julio de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA CON COSTAS

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: PRIMERO: Que la sentenciadora estableció los hechos que configuran la infracción a la Ley del Consumidor, de modo positivo, empleando las presunciones que derivó en los hechos no controvertidos y/o acreditados en la causa, mediante un ejercicio lógico que resulta irreprochable y que se sustenta incluso sobre la base de la prueba de la denunciada, particularmente de sus testigos y del registro de grabación previo al accidente, que conduce de manera grave y directa a presumir que el accidente se debió a la existencia de elementos en el suelo de los pasillos destinados al tránsito de los clientes. Por lo mismo en caso alguno puede decirse que el tribunal alterara la carga de la prueba, limitándose a argumentar sobre la falta de demostración de las alegaciones de la demandada las que, en todo caso, sosteniendo haber dado cumplimiento a su obligación de cuidado, era de su cargo por aplicación del principio general establecido en el artículo 1.547 inciso tercero del Código Civil. Consecuentemente, no ha existido vulneración alguna a la valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica y particularmente a los principios de la lógica formal pues, sin perjuicio de su errónea formulación en el recurso específicamente los de identidad y tercero excluido, no se demostró por la recurrente error alguno en la construcción de las proposiciones fácticas por parte del tribunal. SEGUNDO: Que bien ha hecho la señora jueza sentenciadora al imponer el pago de las costas a la parte recurrente en la medida que fue totalmente vencida tanto en la parte infraccional como civil, siendo irrelevante para este efecto el que el tribunal no otorgara los montos pretendidos. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en la Ley 18.287 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA con costas del recurso, la sentencia apelada de fecha catorce de enero de dos mil veintidós,

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en la Ley 18.287 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA con costas del recurso, la sentencia apelada de fecha catorce de enero de dos mil veintidós, dictada en causa rol 11.775-21-7 del Primer Juzgado de Policía Local de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 34-2022 (Policía local)

Texto Completo (Preview)

gmc/ Antofagasta, veinte de julio de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: PRIMERO: Que la sentenciadora estableció los hechos que configuran la infracción a la Ley del Consumidor, de modo positivo, empleando las presunciones que derivó en los hechos no controvertidos y/o acreditados en la causa, mediante un ejercicio lógico que resulta irrepro

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