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Fecha

20 de julio de 2022

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ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se deduce acción de protección en favor de don Miguel, venezolano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio del derecho consagrado en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que importaría la falta de pronunciamiento de la recurrida sobre la solicitud de visa temporaria para niños, niñas y adolescentes realizada por el recurrente. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene a la recurrida el pronunciamiento de rigor. Funda su arbitrio en que es menor de edad, dependiente de su madre, residente...

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de julio de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, se deduce acción de protección en favor de don Miguel, venezolano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio del derecho consagrado en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que importaría la falta de pronunciamiento de la

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