JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALDIVIA

ASTILLEROS Y SERVICIOS NAVALES S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALDIVIA

Rol

Fecha

20 de julio de 2022

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Que por sentencia de trece de mayo del presente año, la Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, doña Inge Karen Müller Méndez, acogió la reclamación interpuesta por Astilleros y Servicios Navales S.A., en contra de la Resolución N° 145, de 9 de agosto de 2021, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, que rechazó el recurso de reconsideración deducido en contra de la Resolución de Multa N° 4577/21/11 de 31 de marzo de 2021 y, en consecuencia, dejó sin efecto está ultima, sin costas. En contra del indicado fallo, el abogado don Luis Pedro Clerc Aravena, en representación de la reclamada, dedujo recurso de nulidad, invocando la causal contemplada en el artículo 478 e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 6 del mismo código, por estimar que la jueza del grado no se pronunció sobre la excepción perentoria de pago interpuesta oportunamente. Agrega que dicha incidencia tenía directa relación con la reclamación intentada, desde que el pago voluntario de la empresa agotó el acto administrativo y extinguió la obligación subsecuente. Aduce que no es procedente reclamar jurisdiccionalmente el acto administrativo, pues está extinguida la obligación. Conjuntamente deduce el motivo anulatorio previsto en el artículo 477 del Código Laboral con relación al artículo 1568 del Código Civil, pues al haberse extinguido la obligación por el pago, procedía el rechazo de la reclamación. Cita jurisprudencia en apoyo a sus asertos. Concluye solicitando que se acoja el recurso de nulidad y en su mérito se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la reclamación en todas sus partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, atendida la causal de nulidad invocada por la reclamada, esto es, la prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo con relación al artículo 459 Nº 6 del mismo código, conviene precisar que el motivo anulatorio intentado está circunscrito a una absoluta inexistencia de razonamientos respecto a las cuestiones sometidas a decisión del tribunal. SEGUNDO: Que, en la especie se configura el vicio reclamado, desde que, en la audiencia de diez de mayo del presente año, la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia opuso la excepción perentoria de pago, se confirió traslado y, evacuado que fuera, se dejó su resolución para definitiva, empero, no consta pronunciamiento alguno sobre el particular en la sentencia censurada. TERCERO: Que, así las cosas, la jueza del grado incurrió en una omisión que resulta contraria al mandato del artículo 459 del Código del Trabajo. CUARTO: Que, observándose en la dictación de la sentencia la falla que el recurso de nulidad le atribuye, el presente arbitrio de nulidad será acogido, dictándose sentencia de remplazo. QUINTO: Que, ante el acogimiento del motivo anulatorio intentado, inoficioso resulta pronunciarse sobre el capítulo de impugnación deducido conjuntamente.

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 482 del Código de Trabajo, se ACOGE, el recurso de nulidad interpuesto por el abogado don Luis Pedro Clerc Aravena, en representación de la parte reclamada, en contra de la sentencia definitiva de trece de mayo dos mil veintidós, pronunciada por doña Inge Karen Müller Méndez, Jueza titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, en causa RIT I-40-2021, por la causal establecida en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, la que se invalida, dictándose a continuación y sin nuevo juicio la sentencia de remplazo en forma separada. Regístrese y comuníquese. Redactada por el Abogado Integrante Sr. Luis Felipe Galdames Bühler. Rol 107 – 2022 LAB. SENTENCIA DE REEMPLAZO Valdivia, veinte de julio de dos mil veintidós Habiéndose acogido el recurso de nulidad y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: De la sentencia anulada, se reproducen sus considerandos, fundamentos de derecho y decisiones que no fueron objeto de recurso. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia opuso la excepción perentoria de pago fundado –en síntesis- en que la reclamante pagó voluntariamente la multa impuesta y, por ende, se habría extinguido el acto administrativo que se pretende impugnar por esta vía. SEGUNDO: Que, el artículo 512 del Código del Trabajo no establece como

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Valdivia, veinte de julio de dos mil veintidós VISTOS: Que por sentencia de trece de mayo del presente año, la Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, doña Inge Karen Müller Méndez, acogió la reclamación interpuesta por Astilleros y Servicios Navales S.A., en contra de la Resolución N° 145, de 9 de agosto de 2021, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, q

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