16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DEL ESTADO /SEATON PONCE HUGO

Rol

Fecha

19 de julio de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, en la especie, se constata que todas las partes del juicio han cesado en su prosecución por más del lapso de tres años, en los términos previstos en el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el juicio ejecutivo. 2°) En efecto, la última resolución recaída en gestión útil en el cuaderno de apremio es la de 9 de agosto de 2011, que tuvo por acompañados con citación los documentos presentados por la ejecutante en relación a la tasación del bien embargado, por lo que desde dicha época hasta el 28 de mayo de 2018, fecha en que se dictó la resolución que accedió al desarchivo de la causa, ha transcurrido con creces el término precedentemente indicado, por lo que correspondía acoger el incidente de abandono del procedimiento. En mérito de lo razonado, se revoca la resolución apelada de once de enero de dos mil veintiuno, dictada por el 16° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol C-23512-2006, y en su lugar se declara abandonado el procedimiento. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-1454-2021.

Fallo

se declara abandonado el procedimiento. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-1454-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, en la especie, se constata que todas las partes del juicio han cesado en su prosecución por más del lapso de tres años, en los términos previstos en el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el juicio ejecutivo. 2°) En efecto, la última resolución recaída en gestión ú

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