GUZMAN MARDONES PATRICIO BERNARDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
19 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Karin Godoy Adasme, abogada, Defensora Penal Público Penitenciaria, por el condenado don Patricio Bernardo Guzmán Mardones, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone acción de amparo en contra de la Resolución de fecha 15 de abril del presente año, suscrita y firmada por la Comisión De Libertad Condicional De La Ilustrísima Corte De Apelaciones De Santiago, mediante la cual decidió rechazar la postulación del amparado. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: - 241 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de ocultamiento de placa patente por sentencia dictada por el 5° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 4004-2016 RUC 1601018656 -4. - 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de ocultamiento de placa patente, más 120 días de presidio menor en su grado mínimo por delito de receptación por sentencia dictada por el 5° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 3992-2015 RUC 1500920873 -6. - 819 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de hurto simple por sentencia dictada por el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 1967-2020RUC 2000346245 -6. Señala que según la información entregada por Gendarmería de Chile, el amparado registra: • Fecha de inicio condena: 21/07/2021 • Fecha termino: 25/08/2023 • Tiempo Mínimo: 14/12/2021 • Bimestres muy buena conducta: 5 Indica que por resolución de fecha 14 de abril 2022 la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la petición de Libertad Condicional para su representado, acto que califica de arbitrario e ilegal. Sostiene que el amparado demuestra avances en su reinserción social, en primer lugar, porque cumplió el tiempo mínimo de su condena en función a la gravedad del delito cometido; en segundo lugar, registra seis bimestres anteriores a la postulación la nota “muy buena”, lo que supone la participación constante
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que, si bien éste cumple con los requisitos de tiempo mínimo y muy buena conducta, presenta factores de riesgo que implican posibilidades de reincidencia. Así, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N°321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de la libertad condicional, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.
Fallo
Por estas consideraciones, se RECHAZA el beneficio de libertad condicional solicitado por el interno Patricio Bernardo Guzmán Mardones, cédula nacional de identidad N°13.901.290-9.” Por consiguiente, esa Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad antes referida. TERCERO: Que la recurrida junto a su informe, aparejó el denominado “Formulario Consolidado de Postulación”, en el que aparece que el interno Guzmán Mardones, de 41 años, se encuentra cumpliendo una condena de 241 días más 61 días más 120 días por los delitos de receptación artículo 456 bis A y dos delitos de ocultamiento de placa patente, impuestas por el 5° Juzgado de Garantía de Santiago, en causas Rit 3992-2015 y 4004-2016, iniciando su condena el día 21 de julio de 2021, correspondiendo su término el 12 de septiembre de 2022, pudiendo optar al beneficio de la libertad condicional el 14 de febrero de 2022, registrando que durante los últimos cuatro bimestres ha sido calificado con conducta muy buena. Sin registrar beneficios intrapenitenciarios. Asimismo, fue allegado el “informe de postulación psicosocial de libertad condicional”, elaborado el 17 de marzo de 2022, en el que se consignan las conclusiones expresadas en el motivo precedente. CUARTO: Que el artículo 2 del D.L. N°321 prescribe que todo aqueĺ que fuere condenado a una pena privati
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintidós. Al folio N° 6: atodo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Karin Godoy Adasme, abogada, Defensora Penal Público Penitenciaria, por el condenado don Patricio Bernardo Guzmán Mardones, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone acción de amparo en contra
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