SIN INFORMACION

JEAN/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

19 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen María Soledad Torres Macchiavello, Ana Verónica Prado de la Maza y Lorena Valenzuela Contreras, abogadas, quienes interponen recurso de protección en representación de Job Emmanuel Jean, pasaporte SA 3452600, de nacionalidad haitiana y, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en haber aprobado una visa temporaria, sin haberla notificado conforme señala la ley, dictando una resolución con vigencia retroactiva de 6 meses, y de la cual sólo se enteró el recurrente a través de la página web, dejándolo con solamente la mitad del período de vigencia, vulnerando de este modo las garantías que la Constitución Política de la República le asegura en su artículo 19 N°1, 2, 7 y 16. Fundan el recurso expresando que el recurrente ingresó a Chile el 9 de abril de 2016, con visa de turista. Luego con fecha 24 de septiembre de 2018 se le concedió visa temporaria (en lugar de visa sujeta a contrato) con vigencia desde el 3 de junio de 2019 al 3 de junio de 2020. Seguidamente, indican que con fecha 1 de junio de 2020 solicitó prórroga de visa temporaria por otro año, la cual fue aprobada el 15 de diciembre de 2020 mediante Resolución Exenta N°214938, con vencimiento el 3 de junio de 2021, la que nunca fue notificada y de la cual solo tuvo conocimiento a través del sistema de auto consulta de la página web de la recurrida. Luego, señalan que, la visa otorgada tuvo una vigencia real de 6 meses, plazo que era insuficiente para obtener la documentación necesaria para solicitar la permanencia definitiva. El recurrente solicitó renovación de su pasaporte ante el consulado de Haití en Santiago, sin embargo, producto de la pandemia y la crisis sociopolítica que atraviesa su país, se tardó 9 meses en entregárselo. Así las cosas, no le fue posible renovar su cédula de identidad ya que la visa temporaria se encontraba ven

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Job Emmanuel Jean y, en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-37476-2021. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral,e integrada, además, por la ministra señora Carolina S. Brengi Zunino y la abogada integrante señora Gloria Alejandra Flores Durán. En Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintidós. Al folio 30: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, como se pide. Al folio 31: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. Al folio 32: a lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, como se pide. Al tercer otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, c

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